Micelio

Artículo 5

Esta Sección Tendrá A Su Cargo Las Siguientes Funciones: A) Controlar La Pureza Bacteriológica Y La Innocuidad De Todos Los Productos Que Se Elaboren En Las Diferentes Secciones Del Laboratorio

Decreto 2393 de 1938 · por el cual se organiza el Laboratorio Nacional de Higiene de pendiente del Ministerio de Trabajo, Higiene y Previsión Social.

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Esta Sección tendrá a su cargo las siguientes funciones

a)

Controlar la pureza bacteriológica y la innocuidad de todos los productos que se elaboren en las diferentes Secciones del Laboratorio.

b)

Practicar los análisis microscópicos o bacteriológicos en las muestras que las entidades públicas o instituciones autorizadas por el Ministerio confíen, para tales fines, al Laboratorio.

c)

Hacer los estudios o investigaciones que ordenen el Ministro del ramo y el Director del Laboratorio. Sección de Epidemiología

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 2393 de 1938