Anualmente el Director Científico y el Administrador deberán rendir informe detallado sobre la marcha de la institución al Ministerio de Trabajo, Higiene y Previsión Social.
Decreto 2393 de 1938 →Vigente
Artículo 17
Anualmente El Director Científico Y El Administrador Deberán Rendir Informe Detallado Sobre La Marcha De La Institución Al Ministerio De Trabajo, Higiene Y Previsión Social
Decreto 2393 de 1938 · por el cual se organiza el Laboratorio Nacional de Higiene de pendiente del Ministerio de Trabajo, Higiene y Previsión Social.
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.