DecretoVigente
Decreto 3025 de 1985
Por el cual se introducen algunas modificaciones en el Arancel de Aduanas
10artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Fíjanse Los Siguientes Gravámenes A Las Po Siciones Del Arancel De Aduanas Que A Continuación Se Indican: Posición Gravamen % Posición Gravamen % 502º Créase La Siguiente Posición, Descripción Y Gravamen En El Arancel De Aduanas: Posición Descripción Gravamen % 903º Señálase Un Gravamen Ad Valórem Del 10% A Las Materias Primas Clasificables En Las Posiciones Del Arancel De Aduanas Que A Continuación Se Indican Cuando Sean Importadas Para Su Transformación Por Empresas Productoras De Cierres De Cremalleras: Posición Descripción 514Las Partes Y Piezas, Repuestos Y Demás Productos Y Artículos Denominados O Comprendidos En Las Siguientes Posiciones Del Arancel De Aduanas, Que Importen Las Empresas De Transporte Aéreo, De Fumigación, Industrias De Ensamble De Aviones O Escuelas De Aviación, Necesarios Para El Mantenimiento, Servicio En Tierra O Para Ser Incorporados En Las Aeronaves, Tendrán Un Gravamen Ad Valórem De 5%5º Establécense Las Siguientes Notas Adicionales En El Arancel De Aduanas: Las Máquinas Y Aparatos Para Empacar Al Vacío Tanto Carnes Como Otros Productos Alimenticios, Clasificables En La Posición 846º Los Vehículos Automóviles, Tractores De Carretera Para Semirremolques (Camiones Articulados) Y Aviones Completos O Incompletos Que Importen Desarmados Las Industrias De Fabricación O Ensamble Debidamente Autorizadas O Reconocidas Por El Ministerio De Desarrollo Económico O Por La Entidad Que Éste Designe, O Que Tengan Celebrado Contrato De Fabricación O Ensamble Con El Gobierno Nacional, Pagarán Los Gravámenes Arancelarios Que A Continuación Se Indican: Posición Denominación De La Mercancía Gravamen % 877º Las Tarifas Arancelarias Para Los Vehículos Importados Desarmados Sistemas Ckd, Por Las Industrias A Que Se Refiere El Artículo Anterior, Con Destino Al Servicio Público (Taxis), Serán Las Siguientes: Posición Descripción Gravamen % 878º Los Aviones Completos O Incompletos Que Importen Desarmados Las Industrias De Fabricación O Ensamble Debidamente Autorizadas O Reconocidas Por El Ministerio De Desarrollo Económico O Por La Entidad Que Éste Designe, O Que Tengan Celebrado Contrato De Fabricación O Ensamble Con El Gobierno Nacional, Pagarán Los Gravámenes Arancelarios Que A Continuación Se Indican: Posición Descripción Gravamen % 889º Los Vehículos Clasificables En Las Posiciones 8710Artículo 10
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Belisario BetancurEl Presidente de la Republica de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confieren los artículos 120, ordinal 22 y 205 de la Constitución Política, en desarrollo de lo previsto en la Ley 6 a de 1971 y oído el concepto del Consejo Nacional de Política Aduanera Publíque se y cúmplase
- Cesar Vallejo MejíaEl Ministro de Hacienda y Crédito Público (E.)