Micelio
DecretoVigente

Decreto 837 de 1989

Por el cual se reglamentan el Decreto-ley 222 de 1983 y la Ley 57 de 1985, en lo relacionado con la publicidad de los actos que se ejecuten en los procesos licitatorios

11artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad

Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
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Artículos de la norma

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1Toda Persona, Natural O Jurídica, Tendrá Derecho A Consultar Las Ofertas O Propuestas Presentadas En Las Licitaciones O Concursos De Méritos Públicos O Privados Abiertas Por Los Ministerios, Departamentos Administrativos, Superintendencias Y Unidades Administrativas Dotadas De Personería Jurídica, Establecimientos Públicos Empresas Industriales Y Comerciales Del Estado Y Sociedades De Economía Mixta Sometidas Al Régimen De Las Empresas Industriales Y Comerciales Del Estado, En El Orden Nacional2Con El Fin De Garantizar El Cumplimiento Del Artículo Anterior, Los Jefes De Las Entidades Allí Señaladas Expedirán Una Reglamentación Interna En La Cual Se Indicará El Sitio Y El Horario Dentro De Los Cuales Los Interesados Podrán Efectuar La Consulta De Las Ofertas O Propuestas3Los Derechos A Consultar O A Obtener Copia De Las Ofertas O Propuestas Presentadas En Las Licitaciones Y Concursos De Méritos, No Comprenden Los Documentos Que De Conformidad Con La Constitución O La Ley Tengan Carácter Reservado4El Derecho A Consultar Las Ofertas O Propuestas, O A Obtener Copia Total O Parcial De Las Mismas, De Que Trata Este Decreto, Será Ejercido A Partir Del Cierre De La Respectiva Licitación O Concurso De Méritos5En Los Pliegos De Condiciones O Términos De Referencia, Según El Caso, Se Deberá Exigir A Los Oferentes O Proponentes La Presentación De Una Copia Adicional De Su Oferta O Propuesta, La Cual Se Destinará A Los Fines De Consulta Contemplados En El Presente Decreto6Las Personas Naturales O Jurídicas Participantes En Una Licitación O Concurso De Méritos, Podrán Solicitar Ante El Jefe Del Organismo La Expedición De Copia De Las Demás Ofertas O Propuestas Presentadas Dentro De La Respectiva Licitación O Concurso De Méritos, O De Documentos Específicos Contenidos En Las Mencionadas Ofertas O Propuestas7El Derecho A Consultar O A Solicitar La Expedición De Copias, Comprende Los Estudios Evaluativos De Las Ofertas O Propuestas Elaboradas Por Las Dependencias Competentes De Las Entidades A Que Se Refiere El Artículo 1º De Este Decreto8El Mismo Derecho Consagrado En El Artículo Anterior, Tendrán Las Personas Naturales O Jurídicas Que En Ejercicio Del Derecho De Petición De Informaciones, Demuestren Poseer Un Interés Legítimo De Conformidad Con Las Normas Contenidas En El Capítulo Iv Del Título I Del Código Contencioso Administrativo9La Persona Que Tenga Acceso A Las Ofertas O Propuestas O Que Obtenga Copias De Las Mismas, En Los Términos Contemplados En Este Decreto, Será Responsable Por El Manejo De La Información Y Deberá Respetar, Con Arreglo A La Ley, Los Derechos De Autor, Morales Y Patrimoniales Que Tales Ofertas Generen En Cabeza De Sus Titulares, Así Como Los Demás Derechos Protegidos Por La Ley10Artículo 1011Artículo 11
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