Micelio

Artículo 1

Toda Persona, Natural O Jurídica, Tendrá Derecho A Consultar Las Ofertas O Propuestas Presentadas En Las Licitaciones O Concursos De Méritos Públicos O Privados Abiertas Por Los Ministerios, Departamentos Administrativos, Superintendencias Y Unidades Administrativas Dotadas De Personería Jurídica, Establecimientos Públicos Empresas Industriales Y Comerciales Del Estado Y Sociedades De Economía Mixta Sometidas Al Régimen De Las Empresas Industriales Y Comerciales Del Estado, En El Orden Nacional

Decreto 837 de 1989 · Por el cual se reglamentan el Decreto-ley 222 de 1983 y la Ley 57 de 1985, en lo relacionado con la publicidad de los actos que se ejecuten en los procesos licitatorios

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Toda persona, natural o jurídica, tendrá derecho a consultar las ofertas o propuestas presentadas en las licitaciones o concursos de méritos públicos o privados abiertas por los ministerios, departamentos administrativos, superintendencias y unidades administrativas dotadas de personería jurídica, establecimientos públicos empresas industriales y comerciales del Estado y sociedades de economía mixta sometidas al régimen de las empresas industriales y comerciales del Estado, en el orden nacional.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 837 de 1989