Micelio

Artículo 10

Decreto 837 de 1989 · Por el cual se reglamentan el Decreto-ley 222 de 1983 y la Ley 57 de 1985, en lo relacionado con la publicidad de los actos que se ejecuten en los procesos licitatorios

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Las entidades públicas señaladas en el artículo 1º de este Decreto, serán responsables por la integridad de las ofertas en el cumplimiento de las normas aquí establecidas. Las copias que se expidan en desarrollo del derecho de petición de informaciones, causarán el pago del valor correspondiente a su costo.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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