DecretoVigente
Decreto 2795 de 2004
por el cual se adopta el Programa de Alivio a la Deuda Cafetera.
11artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Establecimiento Y Adopción Del Programa De Alivio A La Deuda Cafetera Y Su Objeto2Recursos3El Ministerio De Agricultura Y Desarrollo Rural Mediante Resolución Determinará La Fecha De Inscripción Al Programa Y La Fecha Hasta La Cual Los Interesados Podrán Acogerse A Los Beneficios Establecidos En Este Decreto, En Este Último Caso, Mediante La Suscripción De Los Pagarés Correspondientes A Favor De Finagro4Administración De Los Recursos5Identificación De Los Beneficiarios, De Las Deudas Y De Las Opciones Productivas6De La Compra De Cartera Y Sus Requisitos7El Valor De La Cartera A Cargo De Los Productores Beneficiados Por El Programa Para La Compra De Cartera Cafetera Con Calificación C, D Y E Y Las Condiciones Para Su Pago Serán Las Siguientes: A) El Monto De La Deuda Será El Valor Correspondiente Al Saldo Del Capital Adeudado Al Intermediario Financiero, Más Los Intereses Contabilizados No Contingentes; B) Plazos Totales De Hasta Diez (10) Años Para Cancelar La Obligación Y Períodos De Gracia De Hasta Tres (3) Años8Identificación De Los Beneficiarios Y De Las Deudas Sujetas Al Programa De Alivio Para La Cartera Cafetera Con Calificación A Y B9Funcionamiento Del Programa De Alivio Para La Cartera Cafetera Con Calificación A Y B10Condiciones Del Programa De Alivio Para La Cartera Cafetera Con Calificación A Y B11Vigencia
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Álvaro Uribe VélezEl Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confieren los numerales 11 y 25 del artículo 189 de la Constitución Política y en desarrollo de los artículos 1° y 12 de la Ley 101 de 1993 y de los artículos 1 ° y 35 de la Ley 16 de 1990
- Alberto Carrasquilla BarreraEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Andrés Felipe Arias LeivaEl Viceministro de Agricultura y Desarrollo Rural encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Agricultura y Desarrollo Rural · encargado