°. Administración de los recursos . Los recursos que se apropien en el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural para la ejecución de lo dispuesto en este decreto serán administrados por Finagro, quedando debidamente facultado para tales efectos, previa la celebración de un convenio con el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. Finagro, en su condición de administrador, podrá suscribir otros convenios o acuerdos que sean necesarios para la debida ejecución del programa.
Finagro podrá destinar recursos, a través de operaciones de tesorería, para fondear temporalmente el programa, sin exceder las apropiaciones presupuestales vigentes o de vigencias futuras autorizadas. En este caso, se cubrirán los costos financieros con cargo a los recursos del programa, de acuerdo con las tasas que conjuntamente determinen el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural y Finagro. De igual forma, se asumirán con cargo a los recursos del programa los gastos administrativos que el mismo demande.
Sin perjuicio de lo anterior, el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, en cualquier momento, durante el desarrollo del Programa, podrá contratar a una entidad administradora de los recursos diferente a Finagro. Conforme a lo anterior, en caso de cambio de administrador, quien se encuentre administrando el Programa, deberá transferir los recursos y la cartera a la entidad contratada por el Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural.