DecretoVigencia En Estudio
Decreto 2472 de 1968
Por el cual se modifica el Decreto número 2017 del 17 de julio de 1968
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
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Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1El Ordinal C) Del Artículo 3º Del Decreto 2017 De 1968, Quedará Así: "c2El Ordinal F) Del Artículo 3º Del Decreto 2017 De 1968, Quedará Así: "f3El Ordinal H) Del Artículo 3º4El Ordinal J) Del Artículo 3º Del Decreto 2017 De 15El Ordinal K) Del Artículo 3º Del Decreto 2017 De 16El Artículo 6º7El Artículo 9º8El Artículo 18 Del Decreto 2017 De 19El Artículo 19 Del Decreto 2017 De 110El Artículo 21 Del Decreto 2017 De 111El Artículo 35 Del Decreto 2017 De 1968, Quedará Así: "son Atribuciones De La Sección De Archivo Y Microfilm: Mantener La Organización Del Archivo Y Los Servicios De Consulta Del Mismo; B) Expedir, De Acuerdo Con La Ley Y Los Reglamentos, Copias De Los Documentos Del Archivo; C) Colaborar Con La Comisión De Archivo Y Biblioteca En La Elaboración De Normas Sobre Administración Y Tecnificación Del Archivo; D) Responder Por La Guarda Y Conservación Del Archivo Del Ministerio; E) Presentar Al Subsecretario De Asuntos Administrativos Proyectos De Resoluciones O Instrucciones Sobre La Organización Del Archivo De Las Misiones En El Exterior, Y F) Adoptar Las Medidas Conducentes A La Adecuada Selección Y Conservación De Los Documentos Históricos Del Archivo12El Artículo 37 Del Decreto 2017 De 113El Artículo 38 Del Decreto 2017 De 1968, Quedará Así: "la Dirección General Del Protocolo Tendrá Las Atribuciones Siguientes: A) Reglamentar Y Dirigir El Ceremonial Diplomático De La Presidencia De La República Y Del Ministerio De Relaciones Exteriores Y Asesorar En El Particular A Las Demás Entidades Oficiales Que Lo Soliciten14El Artículo 42 Del Decreto 2017 De 115El Artículo 43 Del Decreto 2017 De 1968, Quedará Así: "son Atribuciones De La Sección De Conceptos Y Dictámenes: A) Estudiar El Aspecto Legal De Todos Los Contratos Que Deba Celebrar El Ministerio; B) Estudiar Y Diligenciar Los Proyectos De Ley Y Emitir Conceptos Sobre Los Proyectos De Decreto Y Resolución Relacionados Con El Ministerio, Cuando Se Le Solicitaren; D) Codificar Las Normas Legales Relacionadas Con El Ministerio Y Mantener Al Día La Codificación, Y E) Las Demás Que Le Señale El Jefe De La División"16El Artículo 44 Del Decreto 2017 De 1968, Quedará Así: "son Atribuciones De La Sección De Tratados: A) Adelantar Los Trabajos Necesarios Para El Estudio De Los Tratados, Convenios, Acuerdos Y Declaraciones Internacionales, En Orden A Su Celebración O A Su Denuncia, Y Proveer A Su Oportuna Publicación; B) Mantener Al Día Debidamente Clasificada La Colección De Tratados, Convenios Y Acuerdos Internacionales De Los Cuales Sea Parte Colombia; C) Preparar La Reedición De Los Tratados, Convenios Y Acuerdos Internacionales Vigentes Para Colombia; D) Preparar Los Proyectos De Decreto Sobre Vigencia O Terminación De Los Tratados Públicos, De Conformidad Con Lo Dispuesto En La Ley 7ª De 194417El Artículo 47 Del Decreto 2017 De 1968, Quedará Reemplazado Por El Siguiente: "son Atribuciones Especiales De La Sección De Fronteras: Recopilar Información Geográfica E Histórica Sobre Las Zonas Fronterizas, Tanto Terrestres Como Marítimas; B) Completar, Conservar Y Llevar Al Día El Archivo De Los Documentos, Que Se Relacionen Con Los Límites De Colombia; C) Organizar, Con Las Entidades Oficiales Competentes, La Conservación Y Reparación De Los Hitos Fronterizos Existentes Y La Erección De Los Nuevos Que Fueren Necesarios Para Señalar Las Líneas Fronterizas; D) Asistir Al Gobierno Y A La Comisión Asesora Del Ministerio De Relaciones Exteriores En Las Materias De Su Especialidad; E) Servir De Órgano De Enlace Entre El Ministerio Y Las Entidades Oficiales, Sobre Asuntos Relacionados Con La Geografía De Las Regiones Limítrofes Y Con El Régimen De Las Fronteras De La República18El Artículo 54 Del Decreto 2017 De 1968, Quedará Así: "son Atribuciones De La Sección De Publicaciones Y Divulgación: A) Mantener Contacto Permanente Con Todas Las Dependencias Del Ministerio Para Seleccionar Y Recoger Los Documentos Destinados A La Memoria Del Ministro Al Congreso Y A Otras Publicaciones De Carácter Político O Histórico, De Cuya Publicación Y Distribución Es Responsable; B) Suministrar Periódicamente A Las Misiones De Colombia En El Exterior, De Acuerdo Con La Oficina De Prensa De La Presidencia De La República, Completas Informaciones Relativas Al País Y A La Actividad Oficial; C) Recopilar Por Medio De Los Representantes De Colombia En El Exterior Las Informaciones Requeridas Por Entidades Oficiales, Semioficiales Y Privadas Del País Y Distribuirlas Oportuna Y Adecuadamente; D) Proyectar El Programa De Publicaciones Del Ministerio, Allegar Y Revisar El Material Correspondiente Y Disponer Su Oportuna Edición Y Distribución, Y E) Organizar El Servicio De La Valija Diplomática Marítima"19El Artículo 57 Del Decreto 2017 De 1968, Será Reemplazado Por El Siguiente: "la Organización De Carpetas Especiales A Que Se Refiere El Ordinal B) Del Artículo Anterior, Se Hará Sin Menoscabo Del Archivo General Del Ministerio, Al Cual Se Reincorporará La Documentación Correspondiente En Cuanto Se Haya Concluido La Necesidad De Su Consulta Continuada"20El Título Que Antecede Al Artículo 58 Del Decreto 2017 De 1968, Será El De División De Visas En Vez De División De Inmigración21El Artículo 58 Del Decreto 2017 De 1968, Quedará Así: "la División De Visas Tendrá, Además De Las Atribuciones Generales Señaladas En El Presente Decreto, Las Siguientes: A) Preparar Instrucciones Para Los Cónsules De La República En Materia De Inmigración Y Vigilar Su Cumplimiento En Coordinación Con La División De Asuntos Consulares22El Artículo 59 Del Decreto 2017 De 123El Artículo 60 Del Decreto 2017 De 1968, Será Reemplazado Por El Siguiente: "corresponde Igualmente A La División De Visas Llevar El Registro Por Nacionalidades De Las Visas Expedidas Durante Cada Año"24El Artículo 79 Del Decreto 2017 De 1968, Quedará Así: "el Jefe De La Oficina De Planeamiento Será Designado Por El Ministerio De Relaciones Exteriores Dentro De Los Funcionarios De La Más Alta Categoría Que La Integren, Y A Él Corresponde La Función De Distribuir Y Organizar El Trabajo De La Oficina" Afecta La Vigencia De: [ Mostrar ] Modifica Artículo 79 Decreto 2017 De 1968 Comuníquese Y Publíquese: Dado En Bogotá, A 25 De Septiembre De 1968
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