Micelio
DecretoVigente

Decreto 530 de 1971

Por el cual se reglamenta el pago de viáticos y gastos de transporte al personal de los Juzgados de Instrucción Criminal y a los choferes al servicio de la institución

9artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad

Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
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Artículos de la norma

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1Los Jueces De Instrucción Criminal Y Sus Secretarios, Cuando Practiquen Diligencias Penales Fuera De Su Sede Habitual De Trabajo En Virtud De Comisión Conferida Por El Correspondiente Director Seccional De Instrucción Criminal, Tendrán Derecho A Percibir Viáticos En La Siguiente Proporción: A) Jueces De Instrucción Criminal, Hasta Diarios; 2002La Comisión Para La Práctica De Diligencias Penales Se Conferirá Por Medio De Resolución Expedida Por El Director Seccional De Instrucción Criminal, En La Cual Se Precisará El Término De Duración De La Comisión Y La Cuantía De Los Viáticos Asignados3Los Gastos Ordinarios De Transporte Se Entenderán Incluidos En Las Sumas Que Se Señalen Como Viáticos4E N Casos Especiales, El Director Seccional De Instrucción Criminal Podrá Autorizar La Utilización De Transporte Expreso Y Extraordinario5Las Solicitudes De Prórroga O Ampliación Del Término De Comisión Deben Ser Fundamentadas Y Hechas Con La Debida Anticipación6Respetando Los Topes Máximos Aquí Fijados, Los Directores Seccionales De Instrucción Podrán Establecer, Por Medio De Resoluciones, Diversas Categorías De Viáticos, Teniendo En Cuenta Factores Como: El Lugar Donde Vaya A Cumplirse La Comisión, Los Costos De Alojamiento, Alimentación Y De Vida En General En El Mismo, Las Distancias, Facilidades De Comunicación, La Duración De La Comisión Y El Hecho De Que Se Pernocte O No En El Lugar Donde Se Cumpla Ésta7Los Choferes Al Servicio De La Instrucción Criminal Tendrán Derecho A Viáticos Cuando Acompañen En Comisión Oficial A Los Funcionarios De Instrucción Criminal8Derógase El Decreto 464 De 31 De Marzo De 1970, Sobre Viáticos A Jueces De Instrucción9Este Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición
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