DecretoVigente
Decreto 321 de 1960
Por el cual se reglamenta la forma de utilización de las cuotas de fomento
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
2Del Decreto Extraordinario Número 1345 De 19592422Del Presupuesto De 1960, Correspondiente A Las Cuotas De Fomento De Materias Primas De Orden Agropecuario De Que Trata La Ley 100 De 1957 Y El Decreto Número 1345 De 1959, Se Distribuirá Así: Parágrafo1Decreto 2203 De 196121Del Presente Decreto, Por Vencimiento O Caducidad Administrativa, El Ministerio De Agricultura Queda Facultado Para Invertir Los Fondos Correspondientes A Esas Cuotas, Desarrollando Los Servicios Pertinentes Mediante El Fondo De Fomento Agropecuario, Y Teniendo En Cuenta Que Ellos Sean Dirigidos Preferencialmente Al Mejoramiento De La Producción De Los Artículos Afectados Con Las Cuotas Respectivas Y Otras Materias Primas Que Se Importen Al País