Micelio
DecretoVigente

Decreto 742 de 1919

Por el cual se reglamenta el cumplimiento de la Ley 47 de 1918, en la parte que corresponde al Ministerio de Obras Públicas (Carretera del Carare)

5artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01

Historia de constitucionalidad

Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02

Artículos de la norma

Leer el articulado completo como un libro
1De Conformidad Con Las Disposiciones Generales De La Ley 70 De 1916, General De Caminos, Y Las Especiales De La Ley 47 De 1918, Que Provee A La Terminación De La Carretera Del Carare, El Ministerio De Obras Publicas Procederá Á Organizar Dos Comisiones De Ingenieros Encargadas, La Primera, De Ejecutar Los Estudios Completos Del Trazado Definitivo De Esa Vía En La Sección De Boyacá, Que Comprende Los Trayectos De Tunja A Arcabuco, De Arcabuco A Moniquita Al Puente De La Libertad Al Vélez, De Vélez A La Guadalilo A La Cimitarra Y De La Cimitarra A Puerto Aquileo2Cada Comisión Constara De Tres Ingenieros, Uno De Los Cuales Será Jefe, Y Llevara El Trazado Preliminar; El Segundo, El Taquímetro, Y El Tercero, El Nivel; Los Perfiles Transversales Estarán A Cargo De Los Dos Últimos, Con La Cuadrilla De Peones Destinada Para El Trabajo De Trazado, Transporte De Víveres, Arreglo De Campamentos Y Demás Servicios Anexos Al Estudio Que Ha De Practicarse3Los Ingenieros De La Comisión Destinada A La Sección De Boyacá - Los Cuales Trabajaran En Regiones Pobladas Y De Clima Sano - Tendrán Las Siguientes Asignaciones Mensuales: El Jefe, $ 170; El Segundo, $ 150, Y El Tercero, $ 1204La Provisión De Fondos Se Hará Por La Tesorería General De La República Al Cajero Contador, En Cuotas Mensuales, Por La Cuantía Que Determine El Ministerio De Obras Públicas, Con Imputación A La Partida Asignada En El Presupuesto De Gastos De La Actual Vigencia Para La Vía De Que Se Trata5Una Vez Terminado El Trazado Definitivo De Cada Sección, Se Proveerá Lo Conducente A La Construcción, Por El Sistema De Administración Directa O De Contrato Celebrado En Licitación Pública Con La Base Del Respectivo Presupuesto Técnico, Según Se Estime Conveniente, Dentro De Las Siguientes Condiciones Que Establece La Ley; "el Trayecto De Vía Comprendido Entre Vélez Y El Rio Magdalena, Se Construirá Provisionalmente Como Camino De Herradura, Sobre Trazado De Carretera, Así: Máximum De Las Pendientes, Siete Por Ciento; Radio Mínimum De Las Curvas, Veinte Metros
03

Firmas