DecretoVigente
Decreto 793 de 1969
Por el cual se aprueban los estatutos del Fondo Nacional de Proyectos de Desarrollo (FONADE)
30artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Apruébanse Los Siguientes Estatutos Para El Funcionamiento Del Fondo Nacional De Proyectos De Desarrollo (Fonade): "acuerdo Jd-001-Ad/69 De 1969 (Abril 10) Por El Cual Se Aprueban Los Estatutos Del Fondo Nacional De Proyectos De Desarrollo (Fonade) La Junta Directiva Del Fondo Nacional De Proyectos De Desarrollo (Fonade), En Ejercicio De Sus Facultades Legales, Acuerda: Capítulo I Denominación, Domicilio Y Objeto1Apruébense Los Siguientes Estatutos Para El Funcionamiento Del Fondo Nacional De Proyectos De Desarrollo (Fonade),2El Fondo Nacional De Proyectos De Desarrollo (Fonade), Creado Por El Decreto-Ley 3068 Del 16 De Diciembre De 1968 Es Un Establecimiento Público, Esto Es Con Personería Jurídica, Autonomía Administrativa Y Patrimonio Independiente, Adscrito Al Departamento Nacional De Planeación3La Entidad Se Denomina "fondo Nacional De Proyectos De Desarrollo", Su Sigla Será Fonade, La Cual Podrá Utilizar En Todos Sus Actos Y Operaciones Y Para Marcar Objetos De Su Propiedad4El Fonade Tendrá Su Domicilio Principal En Bogotá, D5El Fonade Tendrá Como Objeto El Financiar Total O Parcialmente A Entidades De Derecho Público O Privado Los Siguientes Estudios: 16En El Desarrollo Y Cumplimiento De Su Objeto El Fonade Se Regirá Por Los Planes Y Programas Que Al Efecto Apruebe La Junta Directiva7La Dirección Y Administración Del Fonade Estará A Cargo De Una Junta Directiva Y De Un Director Ejecutivo, Quien Será Su Representante Legal8La Junta Directiva Del Fonade Estará Integrada Así: 19Serán Funciones De La Junta Directiva, A Más De Las Señaladas En El Decreto-Ley 1050 De 1968, Las Siguientes: 110La Junta Directiva Se Reunirá Quincenalmente En Sesiones Ordinarias Y Extraordinarias Cuando Sea Convocada Por Su Presidente11Las Deliberaciones Y Decisiones De La Junta Directiva Se Harán Constar En Un Libro De Actas, Las Cuales Se Autorizarán Una Vez Sean Aprobadas, Con La Firma Del Presidente Y Del Secretario, Y Cuyas Copias Darán Fe Cuando Sean Expedidas Y Autenticadas Por El Secretario12Constituirá Quórum En La Junta Directiva La Asistencia De La Mitad Más Uno De Sus Miembros13Las Decisiones De La Junta Directiva Se Adoptarán Por Mayoría, Siendo Necesario En Todo Caso Para La Validez De Sus Actos, El Voto Favorable De Su Presidente14Los Actos De La Junta Directiva Del Fonade Se Denominarán Acuerdos15Los Miembros De La Junta Directiva Estarán Sometidos A Las Incompatibilidades Establecidas En El Decreto-Ley 3130 De 1968 Y A Las Demás Normas Legales Sobre La Materia16El Director Ejecutivo Del Fonade Será Agente Del Presidente De La República Y Tendrá Como Funciones, A Más De Las Señaladas En El Decreto-Ley 1050 De 1968, Las Siguientes: 117Los Actos Del Director Ejecutivo Se Denominarán Resoluciones Y Serán Suscritos Por Éste Y Por El Funcionario Que Se Determine En El Acuerdo De Organización Interna18Todos Los Trabajadores De Fonade Estarán Subordinados Al Director Ejecutivo19De Acuerdo Con El Artículo 5º Del Decreto 3135 De 1968, Las Personas Que Prestan Sus Servicios Al Fonade Tendrán El Carácter De Empleados Públicos20El Patrimonio Del Fonade Estará Compuesto: 121El Proyecto De Presupuesto Del Fonade Será Incluido Como Anexo Al Presupuesto Nacional En La Forma Prevista En El Artículo 9º Del Decreto-Ley 1675 De 196422El Fonade Podrá Celebrar Y Ejecutar Todos Los Actos, Contratos Y Operaciones Necesarios Para El Cumplimiento De Su Objeto O Relacionados Con Él, Entre Otros: 123Salvo Lo Dispuesto En Normas Legales Especiales Contra Las Providencias Que Dicte La Junta Directiva Y El Director Ejecutivo Del Fonade En Todos Los Asuntos De Su Competencia Y Que Contemplen Situaciones Individuales Y Concretas, Sólo Procederá El Recurso De Reposición, Surtido El Cual Se Entenderá Agotada La Vía Gubernativa24El Control Fiscal Del Fonade Estará A Cargo De La Contraloría General De La República, De Acuerdo Con La Reglamentación Que Esta Entidad Expida, En La Cual Deberá Garantizar Un Ágil Manejo De Las Operaciones Del Fonade25Los Préstamos Que El Fonade Otorgue A Personas Naturales O Jurídicas De Derecho Privado, Serán Controlados Por El Interventor Que Al Efecto Se Designe En El Respectivo Contrato26El Balance General En Cada Ejercicio Semestral Deberá Ser Aprobado, Modificado O Improbado Por La Junta Directiva27El Fonade Durará Por Término Indefinido, Salvo Lo Que Disponga La Ley28La Junta Directiva Podrá Reformar Los Presentes Estatutos, Los Cuales Requerirán La Aprobación Del Gobierno Nacional29El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Expedición
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