El Director Ejecutivo del FONADE será agente del Presidente de la República y tendrá como funciones, a más de las señaladas en el Decreto-ley 1050 de 1968, las siguientes
Llevar la representación legal del FONADE.
Ejecutar las determinaciones, acuerdos y demás disposiciones de la Junta Directiva.
Preparar el presupuesto del FONADE para someterlo a la consideración de la Junta Directiva.
Constituir apoderados en asuntos judiciales o extrajudiciales.
Proponer a la Junta Directiva los sistemas de administración y contables necesarios para la buena marcha del FONADE, y
Autorizar gastos y celebrar contratos, diferentes a los de préstamo, hasta por un valor de cincuenta mil pesos ($50.000.00) sin el requisito de su aprobación por parte de la Junta Directiva.