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DecretoVigente

Decreto 648 de 1952

Por el cual se aprueba la Resolución número 68 de febrero del corriente año, expedida por la Superintendencia de Sociendades Anónimas

10artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad

Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
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Artículos de la norma

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1Apruébase La Siguiente Resolución, Expedida Por El Superintendente Sociedades Anónimas1Para Los Efectos De Los Artículos 6° Y 7° De La Ley 58 Y 1931, En El Año Que Puso, Las Sociedades Anónimas Estarán Clasificadas En Dos Categorías, Rivera Y Segunda, Y Contribuirán Al Sostenimiento De Las Y Por Entenderse De Sociedades Anónimas, Según Los Siguientes Porcentajes: Primera Categoría: Treinta Y Ocho Centavos ($ 02De Acuerdo Con Los Porcentajes Y Cuota Mínima Que Se Establecen En El Artículo Anterior, El Monto Del Honorario Que Deberán Pagar Las Sociedades Anónimas Se Fija, Aquel Año De 1952, En La Suma De Un Millón Treinta Y Ocho Mil Ciento Siete Pesos Con 57|100, M|cte3Para Completar El Presupuesto De Gastos Correspondiente La Vigencia En 1952, Se Aplicará El Mayor Valor Recaudó Obtenía Del Ejercicio Anterior, O Sea La Suma De $ 884Calculase El Presupuesto De Gastos De La Superintendencia Sociedades Anónimas, Para El Año De 1952, En La Suma De Un Millón Ciento Veintiséis\mil Cuatrocientos Cuarenta Y Un Pesos Con 14|100 M|cte5La Superintendencia Sociedades Anónimas Liquidará El Honorario Para Cada Una De Las Sociedades, Por Medio De Resolución Que Se Comunicara Individualmente Y Lo Exigirá Por Mitad, Una Parte Entre El Primer Semestre Y La Otra En El Segundo, Según Lo Dispuesto Por El Artículo7° De La Ley 58 Y 19316Dicta La Resolución Que Fija El Honorario Y Hecha La Liquidación Para Cada Sociedad, El Monto Se Cargará En Cuenta Especial De La Sociedad Y El Abono Correspondiente Se Registrará En La Misma Cuenta Al Recibo Del Comprobante De Consignación, Que Al Efecto De Remitirse A La Superintendencia7La Resolución De Qué Trata El Artículo Anterior Está Sujeta A Revisión Posterior Por Parte La Superintendencia, Sin Perjuicio De Cualesquiera Otros Recursos Legales2Por Medio De Resolución Interna, El Superintendente Podrá Obtener Su Traslado Dentro De Los Originales Del Presupuesto De Gastos De La Superintendencia, Cuando La Necesidad De Servicio Así Lo Requiere3El Presente Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición
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