DecretoDerogado
Decreto 607 de 2002
por el cual se dictan disposiciones para la expedición de documentos de viaje.
8artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Artículo 12Artículo 23Artículo 34Artículo 45Artículo 56El Documento De Viaje Contendrá: La Leyenda República De Colombia; Una Fotografía; Tipo De Documento; Código País; Número Del Documento De Viaje; Apellidos Y Nombres; Fecha Y Lugar De Nacimiento; Sexo; Lugar Y Fecha De Expedición; Fecha De Vencimiento; Y Autoridad7Artículo 78Artículo 8
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Andres Pastrana ArangoEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de las facultades que le confieren el numeral 2 del artículo 189 de la Constitución Política y el Decreto 2105 de 2001, y Publíquesey cúmplase
- Clemencia Forero UcrósLa Viceministra de Relaciones Exteriores, encargada de las funciones del despacho del Ministro de Relaciones Exteriores · encargado