DecretoVigente
Decreto 538 de 1997
por medio del cual se reactiva la Comisión mixta de Demarcación de la Frontera Terrestre con la República de Venezuela y se designan sus miembros por parte de Colombia.
8artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Reactívase La "comisión Mixta De Demarcación De La Frontera Terrestre Con La República De Venezuela", La Cual Estará Adscrita Al Ministerio De Relaciones Exteriores2º3º4Las Competencias Asignadas A La Comisión De Demarcación Serán Las Siguientes: Realizar Inspecciones De Carácter Unilateral Y Binacional A Los Sectores De La Frontera Colombo-Venezolana Donde Así Se Requiera A Fin De Verificar Y Complementar La Información Disponible, Que Permita La Optimización De Los Trabajos De Gabinete; Evaluar Los Elementos Técnicos Y Logísticos Necesarios Que Permitan La Ejecución De Los Trabajos De Identificación Y Ubicación De Hitos, Así Como La Reconstrucción De Los Que Se Encuentren Deteriorados, Localizar Y Construir Hitos En Los Sectores No Demarcados, Utilizando Para Ello Los Métodos, Instrumentos Y Procedimientos Más Modernos Y Confiables5º6El Reconocimiento De Viáticos, Pasajes Y Gastosoperativos A Que Haya Lugar, Correrá Por Cuenta De Cada Una De Las Entidades Indicadas En El Artículo Segundo Del Presente Decreto7Cuando Para Efectos Del Cumplimiento De Sus Funciones, Los Miembros De La Presente Comisión Que No Estén Vinculados Con Entidades Del Gobierno Nacional, Deban Desplazarse A Lugar Diferente Al Habitual De Trabajo, Tendrán Derecho A Las Asignaciones Correspondientes A Su Desplazamiento De Conformidad Con Lo Dispuesto En Esta Materia Y Con La Categoría De Ministro Consejero8Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Ernesto Samper PizanoEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de sus facultades constitucionales y legales, en especial las que le confiere el numeral 2º del artículo 189 de la Constitución Política
- María Emma Mejía VélezLa Ministra de Relaciones Exteriores
- José Antonio Ocampo GEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Guillermo Alberto González MEl Ministro de Defensa
- Carlos Hernán López GutiérrezEl Ministro de Transporte