DecretoDerogado
Decreto 500 de 1990
por el cual se reglamenta parcialmente la Ley 74 de 1989 y se modifica el Decreto 1982 de 1989.
8artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1El Literal A) Del Artículo 3°del Decreto 1892 De 1989, Quedará Así: “a) Cuando Al Corte Del Ejercicio Contable Inmediatamente Anterior A La Fecha En Que Se Pide El Certificado, La Institución Haya Producido Utilidades Que Representen Por Lo Menos El Uno Por Ciento (1%) De Los Activos Totales Promedio Durante El Respectivo Año, Siempre Y Cuando En La Misma Oportunidad Haya Registrado Margen Operacional Positivo, Determinado Éste En La Forma Prevista En El Plan Único De Cuentas Establecido Por La Superintendencia Bancaria, Sin Incluir Las Provisiones Dentro De Los Egresos Operacionales”2El Artículo 7°del Decreto 1892 De 1989, Quedará Así: “ Conformación Y Orden De Las Ofertas3El Artículo 8°del Decreto 1892 De 1989 Quedará Así: “ Precalificación De Personas Jurídicas4Para Los Efectos Del Artículo 3° De La Ley 74 De 1989 Los Inversionistas Extranjeros Interesados En Adquirir Acciones O Bonos Del Fondo En Una Determinada Entidad Financiera, Podrán Solicitar Al Departamento Nacional De Planeación La Aprobación Respectiva Desde El Momento En Que El Fondo Inicie El Proceso De Venta Correspondiente5El Inciso 2° Del Artículo 18 Del Decreto 1892 De 1989, Quedará Así: “sólo En El Momento De Comunicar La Adjudicación Se Entenderá Producido El Acuerdo De Las Partes6El Artículo 19 Del Decreto 1892 De 1989, Quedará Así: “falta De Adjudicación De Las Ofertas Iniciales7El Inciso Primero Del Artículo 20 Del Decreto 1892 De 1989, Quedará Así: “fideicomiso Para El Saneamiento Y La Protección De La Confianza8Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación
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