DecretoDerogado
Decreto 489 de 1993
por el cual se reglamenta los Decretos-leyes 1321 del 6 de julio de 1978 y 319 del 10 de febrero de 1981.
10artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Empleos Del Área Técnico - Científica2Requisitos Para El Desempeño De Los Empleos3Régimen De Administración De Personal4De Los Factores De Evaluación Y Puntaje Para Determinar Los Grados En La Escala De Remuneración Del Personal Técnico - Científico5De La Competencia Para Asignar Los Grados En La Escala De Remuneración Del Nivel Profesional Del Área Técnico - Científica6Procedimiento Para Cambiar De Grado En La Escala De Remuneración: A) El Funcionario Que Reúna Los Requisitos Para Optar A Un Grado Superior En La Escala De Remuneración Del Área Técnico - Científica, Deberá Presentar La Solicitud A La Oficina De Personal, Adjuntando La Información Pertinente7De La Prima Técnica8De La Comisión A Cargos De Libre Nombramiento Y Remoción9El Presente Decreto Se Aplicará Para Realizar Las Evaluaciones Para Ascenso Y Modificación De Prima Técnica Pendientes A La Fecha De Su Vigencia, Con Sujeción A Las Normas Presupuestales Sobre La Materia10El Presente Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación, Deroga Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias Y En Especial El Decreto 2772 Del 9 De Noviembre De 1979
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Cesar Gaviria TrujilloEl Presidente de la República de Colombia, en ejercicio de la facultad conferida por el numeral 11 del artículo 189 de la Constitución Nacional
- Rudolf Hommes RodríguezEl Ministro de Hacienda y Crédito Público
- Guido Alberto Nule AmínEl Ministro de Minas y Energía
- Carlos Humberto Isaza RodríguezEl Director del Departamento Administrativo del Servicio Civil