DecretoVigencia En Estudio
Decreto 44 de 1906
Por el cual se reintegra el personal de la Asamblea Nacional Constituyente y Legislativa y se fijan los viáticos y dietas de los miembros del Cuerpo Legislativo
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Los Consejos De Gobierno De Los Departamentos Del Atlántico, Caldas, Galán, Huila, Túndame Y Quesada Y Del Distrito Capital, Procederán A Nombrar, En La Forma Establecida Por El Artículo 2° Del Decreto Legislativo Número 29 De 1905, Tres Diputados Principales A La Asamblea Nacional Constituyente Y Legislativa Por Cada Entidad, Y Sus Respectivos Suplentes2Los Diputados A La Asamblea Nacional Y Los Senadores Y Representantes Al Congreso Disfrutarán De Un Sueldo Mensual De Trescientos Pesos Oro ($ 300)3El Personal De La Secretaría De La Asamblea Nacional Y Sus Respectivos Sueldos Mensuales Serán Los Siguientes: Un Secretario $ 250 Un Secretario Auxiliar4Los Viáticos Y Gastos De Representación De Los Diputados A La Asamblea Nacional Y De Los Senadores Y Representantes Serán Los Siguientes: De Los Correspondientes A Los Departamentos De Cundinamarca Y Quesada $ 100 De Los De Boyacá, Túndame, Huila Y Tolima 150 De Los De Antioquia, Caldas, Atlántico, Bolívar, Magdalena, Galán Y Santander 250 De Los Del Cauca 300 De Los De Nariño 350 Los Diputados, Senadores Y Representantes Del Distrito Capital Y Los Correspondientes A Los Departamentos Que Residan En La Ciudad De Bogotá, Tendrán Derecho A La Suma De Ochenta Pesos ($ 80) Para Gastos De Representación
03
Firmas
Gobierno Nacional
- R. ReyesPresidente de la República
- Dionisio ArangoEl Ministro de Gobierno
- A. Vásquez CoboEl Ministro de Relaciones Exteriores
- Tobías ValenzuelaEl Ministro de Hacienda y Tesoro
- Manuel M. San ClementeEl Ministro de Guerra
- J . M. Rivas GrootEl Ministro de Instrucción Pública
- Martin Restrepo MejíaEl Subsecretario de Obras Públicas encargado del Despacho · encargado