°. Los Diputados a la Asamblea Nacional y los Senadores y Representantes al Congreso disfrutarán de un sueldo mensual de trescientos pesos oro ($ 300).
Decreto 44 de 1906 →Vigente
Artículo 2
Los Diputados A La Asamblea Nacional Y Los Senadores Y Representantes Al Congreso Disfrutarán De Un Sueldo Mensual De Trescientos Pesos Oro ($ 300)
Decreto 44 de 1906 · Por el cual se reintegra el personal de la Asamblea Nacional Constituyente y Legislativa y se fijan los viáticos y dietas de los miembros del Cuerpo Legislativo
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.