Micelio
DecretoVigente

Decreto 307 de 1951

Por el cual se crea el Comisariato de la Policía Nacional y se reglamenta su funcinamiento

13artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad

Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
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Artículos de la norma

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1Créase El Comisariato De La Policía Nacional, Como Institución Autónoma De Servicio Social Y De Carácter Oficial, Con Patrimonio Propio, Independiente De Los Bienes Y Fondos Del Estado, Y Administrativamente Dependiente De La Dirección General De La Policía Nacional2El Comisariato Tendrá Su Sede Principal, En Bogotá, Se Denominará "comisariato De La Policía Nacional-Bogotá," Y Podrá Tener Sucursales Donde Se Considere Conveniente, Las Que A Su Vez Se Denominarán "comisariato De La Policía Nacional De… Aquí El Nombre Del Departamento, Intendencia O Comisaria, O El De La Ciudad Si Hubiere Varias En El Mismo Departamento3Comisariato Tiene Como Objetivo Principal Facilitar A Todo El Personal Afiliado A La Caja De Protección Social De La Policía Nacional Y A Sus Familias, Así Como A Las Entidades Anexas O Dependientes De La Policía Nacional, A Bajo Costo Toda Clase De Elementos Necesarios Para El Bienestar Económico Y Subsistencia, Tales Como Víveres, Vestuario, Artículos De Uso Personal Y Doméstico, Elementos De Estudio, Útiles De Trabajo, Etc5El Comisariato De La Policía Nacional Será Dirigido Y Administrado Por Una Junta Directiva Compuesta Por Los Siguientes Miembros: El Ministro De Gobierno, Que Será Su Presidente; El Director General De La Policía Nacional; El Jefe Del Departamento De Servicios Administrativos De La Policía Nacional6El Comisariato Tendrá La Organización, Personal Y Asignaciones Que Determine La Junta Directiva Por Medio De Resolución7El Patrimonio Del Comisariato Estará Constituido Por: A) Los Valores, Mercancías Y Elementos Existentes En El Casino De La Policía Nacional, Según Inventario Que Se Levantará El Día Cinco (5) De Agosto Del Presente Año, Tomando Como Base Para Ello Los Saldos Del Activo Deducido Al Pasivo Registrados En El Balance Anexo Al Acta De Visita Practicada En Dicho Casino Por Los Visitadores De La Contraloría General De La República; B) El 15% De Lo Que Se Recaude Por Concepto De Fondo De Garantía De Prendas Y Ahorro, De Conformidad Con Lo Dispuesto Por El Artículo 5º Del Decreto Número 3597 De 1950; C) Las Sumas Que La Junta Directiva De La Caja De Protección Social De La Policía Nacional, Por Medio De Acuerdos, Apropie Para Auxiliar Al Comisariato; D) La Cuota De Afiliación O Ingreso Que Por La Junta Directiva Se Fije Como Valor De La Tarjeta O Carnet Correspondiente, Y El Valor De La Renovación Por Pérdida O Deterioro; E) Los Productos De Las Ventas De Materiales Inservibles O En Desuso En La Policía Nacional, Una Vez Aprobadas Legalmente Las Actas De Baja Respectivas; F) Los Producidos O Utilidades Que Se Deriven Del Objeto Social Del Comisariato; Y G) Los Auxilios, Subvenciones, Donaciones, Etc8La Junta Directiva Tendrá Las Siguientes Atribuciones: A) Ordenar La Apertura De Las Sucursales Que Requiera El Buen Servicio Del Comisariato, De Acuerdo Con Las Posibilidades Del Mismo Y Las Necesidades Del Personal, Reglamentando Su Funcionamiento; I B) Reunirse Por Lo Menos Dos Veces Al Mes, Para Informarse Detalladamente De La Situación Financiera Y Económica Del Comisariato, Controlar Su Marcha Y Correcto Funcionamiento, Y Orientar El Curso De Sus Negocios; C) Crear Los Cargos Y Determinar Las Asignaciones Que Demande La Buena Marcha Del Comisariato, En Bogotá O En Sus Sucursales: D) Revisar Y Aprobar Los Balances Y Cuentas Que Deban Ser Sometidas A La Aprobación De La Contraloría General De La República; E) Reglamentar Por Medio De Resoluciones Lo Relativo Al Cumplimiento Del Presente Decreto, En Los Asuntos Que No Fueren Privativa Competencia De La Dirección General De La Policía Nacional; F) Estudiar Y Aprobar Las Negociaciones Sobre Adquisición De Elementos Por Sumas Cuya Cuantía Exceda De Dos Mil Pesos; G) Fijar Y Aprobar Las Fianzas Del Jefe Y Empleados De Manejo, Y H) Cumplir Las Demás Funciones Que No Están Atribuidas A Otra Persona O Entidad9Son Deberes Y Atribuciones Del Jefe Del Comisariato Las Siguientes: A) Atenderá La Gestión Diaria Del Comisariato; B) Contratar La Adquisición De Mercancías Y Demás Elementos Cuyo Valor No Exceda De Dos Mil Pesos ($ 210Las Sucursales Del Comisariato, Podrán Hacer Adquisiciones Locales Con Destino A Sus Almacenes De Acuerdo Con Sus Necesidades, Hasta Por La Suma De Dos Mil Pesos ($ 211Cuando El Comisariato De Bogotá, Necesitare Hacer Adquisiciones Por Más De Dos Mil Pesos En Una Plaza En La Cual Hubiere Sucursal, O Agencia Tales Adquisiciones Podrán Hacerse Previa Delegación Con El Jefe De La Respectiva Sucursal Capitulo Ix12La Contraloría General De La República Dictará Las Normas Necesarias Sobre Contabilidad, Fiscalización Y Control, Para El Funcionamiento Del Comisariato Y Manejo De Sus Haberes13En Caso De Liquidación Del Comisariato Se Deducirá De Sus Activos Previamente La Suma Correspondiente Al 15% Del Fondo De Garantía De Prendas Y Ahorro Que Se Le Hubiere Entregado14Este Decreto Rige Desde La Fecha De Su Expedición
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