DecretoVigencia En Estudio
Decreto 243 de 1951
Por el cual se dictan algunas normas encaminadas a hacer más rápida y eficaz la administración de justicia en lo civil
6artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1En La Apelación De Sentencias Dictadas En Juicios Ordinarios Puede Concederse Término Probatorio, A Petición De Parte, Cuando A Su Pronunciamiento Por El Inferior Precedió Un Término De Esta Clase, Pero Sólo En Los Casos Siguientes: 1) Cuando Se Denegó Por El Inferior La Práctica De Alguna Prueba Que El Superior Estime Pertinente2El Artículo 575 Del Código De Procedimiento Civil Quedara Así: Se Condena En Costas, Salvo Las Excepciones Legales, En Los Casos Siguientes: 1) Al Litigante Vencido3Redúcense A La Tercera Parte Los Términos De Que Trata El Artículo 353 Del Código De Procedimiento Civil4El Artículo 390 Del Código De Procedimiento Civil Quedará Así: Cuando El Superior Ante Quien Se Interponga Algún Recurso No Resida En El Mismo Lugar Del Inferior, La Parte Recurrente, Si No Está Exenta Por Disposición Especial, Deberá Pagar El Porte Que Corresponda Al Envío Y Devolución Del Expediente5De Las Recusaciones Que De Conformidad Con Lo Dispuesto En El Artículo 1º Del Decreto Legislativo 3346 De 1950 Se Promuevan Contra Los Jueces, Ya Sea Municipales, De Circuito, Superiores, De Menores O Del Trabajo, Conocerá El Inmediato Superior Jerárquico Del Juez Recusado6El Presente Decreto Entrará A Regir El Día Primero (1º) De Febrero De 1951, Y Quedan Suspendidas Las Disposiciones Legales Que Le Sean Contrarias
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Laureano GomezPresidente de la República
- Domingo Sarasty MEl Ministro de Gobierno
- Gonzalo Restrepo JaramilloEl Ministro de Relaciones Exteriores, encargado del Despacho de Guerra · encargado
- Guillermo Amaya RamirezEl Ministro de Justicia
- Rafael Delgado BarrenecheEl Ministro de Hacienda y Crédito Publico
- Alejandro Ángel EscobarEl Ministro de Agricultura y Ganadería
- Alfredo Araujo GrauEl Ministro de Trabajo
- Alonso Carvajal PeraltaEl Ministro de Higiene
- Rafael Azula BarreraEl Ministro de Comercio e Industria
- Manuel Carvajal SinisterraEl Ministro de Minas y Petróleos
- Antonio Álvarez ResprepoEl Ministro de Educación Nacional
- José Tomas AnguloEl Ministro de Telégrafos y Correos
- Jorge LeivaEl encargado del Ministerio de Obras Publicas · encargado