DecretoVigente
Decreto 224 de 1945
Por el cual se reglamentan los artículos 11, 12 y 18 del Decreto legislativo número 2350 de 1944
8artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Artículo 12Artículo 210De La Ley 78 De 1919, Deberán Dirigirse A La Correspondiente Oficina Seccional O Auxiliar De Trabajo, En Demanda De Autorización Para Llevar A Cabo El Licénciamiento Definitivo O Transitorio De Trabajadores Que Gocen Del Fuero Sindical Establecido En El Artículo 18 Del Decreto Legislativo Número 2350 De 1944, O Para Verificar La Reducción Cuando En Ella Hayan De Comprenderse Trabajadores Que Gocen Del Mismo Fuero11Del Decreto Legislativo Número 2350 De 1944, Como El Fuero Sindical De Los Trabajadores Que Gocen De El Al Tiempo De La Sustitución, Conservándolos A Su Servicio Con Todos Los Derechos Que Les Conceda La Ley O El Contrato De Trabajo3Artículo 34Artículo 440Del Decreto Legislativo Número 2350 De 1944, Deberá Ordenar El Reintegro Del Trabajador O Trabajadores Despedidos Con Violación Del Fuero, En Condiciones No Inferiores A Aquellas De O De Gozaban En El Momento Del Licénciamiento5Artículo 5
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