DecretoVigente
Decreto 223 de 1921
Por el cual se reforma los marcados con los números 1661 de 1919 y 1290 de 1920
4artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Habrá En El Puerto De Cartagena Ocho Obreros Para El Servicio De Sanidad, Cuyas Asignaciones Serán Fijadas Por El Respectivo Medico, Con Aprobación De La Dirección Nacional De Higiene2Auméntase A Cuarenta Pesos ($ 40) Mensuales El Sueldo Del Agente Motorista Encargado Del Servicio De La Lancha De Sanidad De Cartagena3Auméntase En Cuarenta Pesos ($ 40) Mensuales Del Sueldo De Los Agentes De Policía Sanitaria Del Puerto De Quibdó, Y A Treinta Y Cinco Pesos ($ 35) Mensuales El De Los Agentes De Puerto De Giradot4Los Sueldos Señalados En Los Artículos Anteriores Se Reconocerán Desde El 1
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