Micelio

Artículo 1

Habrá En El Puerto De Cartagena Ocho Obreros Para El Servicio De Sanidad, Cuyas Asignaciones Serán Fijadas Por El Respectivo Medico, Con Aprobación De La Dirección Nacional De Higiene

Decreto 223 de 1921 · Por el cual se reforma los marcados con los números 1661 de 1919 y 1290 de 1920

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

° Habrá en el puerto de Cartagena ocho obreros para el servicio de sanidad, cuyas asignaciones serán fijadas por el respectivo Medico, con aprobación de la Dirección Nacional de Higiene.

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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