DecretoVigente
Decreto 1804 de 1994
por el cual se modifica el Decreto 20 de 1994
5artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1º Adiciónase El Siguiente Inciso Al Numeral Uno Del Artículo 3º Del Decreto 20 De 1994: "para Determinar La Actualizaión De Las Sanciones De Extemporaniedad Y De Corrección, Los Tres Años A Los Que Se Refiere El Inciso Anterior Se Contará A Partir De La Fecha De Presentación De La Respectiva Declaración Extemporánea O De Corrección2º Adiciónase El Siguiente Inciso Al Numeral Dos Del Artículo 3º Del Decreto 20 De 1994: "para Establecer La Actualización De Las Sanciones Determinadas En Liquidación Oficial, Los Tres (3) Años A Los Que Se Refiere Este Numeral Se Contará A Partir De La Fecha En Que Ésta Haya Quedado En Firme Vía Gubernativa"3º Adiciónase El Siguiente Inciso Al Numeral Tres Del Artículo 3º Del Decreto 20 De 1994: "de La Misma Manera Se Contará Los Tres (3) Años Cuando Se Trate De Actualizar Los Valores A Restituir Como Consecuencia De Devoluciones Declaradas Improcedentes, En Cuyo Caso El Período De Actualización Estará Comprendido Entre Las Fechas De Entrega Del Cheque, Título O Fecha Del Abono En Cuenta De La Devolución Y La Fecha De Restitución De Tales Valores"4º Modifícase El Artículo 5º Del Decreto 20 De 1994, El Cual Quedará Así: "los Pagos Deberán Imputarse En El Siguiente Orden: Primero A Las Sanciones Actualizadas; Segundo A Los Intereses Y Por Último A Los Anticipos Actualizados, Impuestos Actualizados O Retenciones Actualizadas"5º : El Presente Decreto Rige A Partir De Su Publicación
03
Firmas
Gobierno Nacional
- Cesar Gaviria TrujilloEl Presidente de la República de Colombia, en uso de sus facultades constitucionales y legales, especialmente de las conferidas por los numerales 11 y 20 del artículo 189 de la Constitución Política
- Héctor José Cadena ClavijoEl Viceministro de Hacienda y Crédito Público encargado de las funciones del Despacho del Ministro de Hacienda y Crédito Público · encargado