Micelio

Artículo 1

º Adiciónase El Siguiente Inciso Al Numeral Uno Del Artículo 3º Del Decreto 20 De 1994: "para Determinar La Actualizaión De Las Sanciones De Extemporaniedad Y De Corrección, Los Tres Años A Los Que Se Refiere El Inciso Anterior Se Contará A Partir De La Fecha De Presentación De La Respectiva Declaración Extemporánea O De Corrección

Decreto 1804 de 1994 · por el cual se modifica el Decreto 20 de 1994

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

º Adiciónase el siguiente inciso al numeral uno del artículo 3º del Decreto 20 de 1994: "Para determinar la actualizaión de las sanciones de extemporaniedad y de corrección, los tres años a los que se refiere el inciso anterior se contará a partir de la fecha de presentación de la respectiva declaración extemporánea o de corrección."

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
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