DecretoVigente
Decreto 1785 de 1962
Por el cual se aprueban los Estatutos de la Caja de retiro de las Fuerzas Militares
31artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
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Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
26Del Decreto Número 1705 De 1960, Que Fueron Adoptados Por Su Junta Directiva El Día 13 De Abril De 1962, Según Acta Número 3601La Caja De Retiro De Las Fuerzas Militares, Creada Por La Ley 75 De 1925 (Oficiales Del Ejército); Ley De 1927 (Suboficiales Del Ejército); Decreto - Ley 1680 De 1942 (Fuerza Aérea); Ley 105 De 1952, Que Funcionó La Caja De Retiro De La Armada Nacional A La Caja De Sueldos De Retiro De Las Fuerzas Militares, Se Hégira Por Las Normas De Tales Disposiciones Por Estos Estatutos, Por Los Acuerdos Y Reglamentaciones Generales De Sus Servicios Expedidos Por Su Junta Directiva, Y Por Las Órdenes De Su Gerencia2De Conformidad Con Lo Dispuesto En El Decreto Número 1705 De 1960, La Caja De Retiro De Las Fuerzas Militares Es Un Establecimiento Propio, Vinculado Al Ministerio De Guerra Para Los Efectos De Dirección Y Control3Para Los Efectos Jurídicos El Domicilio De La Caja De Retiro De Las Fuerzas Militares, Es La Ciudad De Bogotá D4La Caja De Retiro De Las Fuerzas Militares Es La Encargada De Pagar Las Asignaciones De Retiro Y Pensiones Que, Con Cargo A Ella, Se Hayan Reconocido O Reconozcan, De Acuerdo Con Disposiciones Legales A Favor De Los Oficiales Y Suboficiales Del Ejército, De La Armada Y De La Fuerza Aérea Que Hayan Adquirido O Adquieran El Derecho, O A Favor De Sus Beneficiarios Legales5Los Fondos Que Ingresen, De Acuerdo, Con Las Disposiciones Legales Para Capitalización De La Caja, Serán Empleados Por La Junta Directiva En Las Inversiones Que Se Estimen Convenientes, Para Crear A La Caja Sus Propias Rentas E Incrementar Su Capital6La Caja De Retiro De Las Fuerzas Militares Se Compondrá De: Una Junta Directiva Una Gerencia, Una Secretaria, Una Asesoría Jurídica, Una Caja Pagadora, Una Sección De Archivo Y Registro, Y Una Sección De Interventora Y Mantenimiento De Edificios7Integran El Patrimonio De La Caja: A) Los Terrenos, Construcciones, Edificios Y Demás Bienes Que Haya Adquirido O Llegue A Adquirir A Cualquier Título, Bien Sea Con Destino A Sus Propios Servicios, O Bien Con Fines Re Rentabilidad; B) Las Maquinarías, Equipo De Oficina, Muebles, Útiles, Enseres, Etc8Integran La Junta Directiva: El Ministro De Guerra, Quien Será Su Presidente: El Comandante General De Las Fuerzas Militares, Quien Presidirá En Ausencia Del Señor Ministro; El Comandante Del Ejército; El Comandante De La Armada; El Comandante De La Armada; El Comandante De La Fuerzas Aérea, Y Dos (2) Oficiales Generales, U Oficiales Superiores, En Representación Del Personal Militar En Goce De Asignación De Retiro, Estos Dos Últimos, Serán Elegidos Por Votación Del Personal Que Goce De Asignación De Retiro, Que Resida En La Guarnición De Bogotá, Para Periodos De Dos (2) Años; Y Podrán Ser Reelegidos Indefinidamente9Son Suplentes De Los Miembros De La Junta Directiva, Del Ministerio De Guerra, El Secretario General Del Ministerio; Del Comandante General De Las Fuerzas Militares, El Jefe Del Estado Mayor Conjunto De Las Fuerzas Militares; De Los Comandantes Del Ejército, Armada Y Aviación, Los Jefes De Estado Mayor; De Los Oficiales Representantes Del Personal Militar En Goce De Asignación De Retiro, Los Suplentes Que Se Elegirán En La Misma Forma Que Los Principales, Por Igual Periodo Y Quienes Deben Llenar Idénticos Requisito10La Junta Directiva No Podrá Sesionar Con Menos De Cuatro (4) Miembros11La Junta Directiva Se Reunirá Por Lo Menos Dos Veces Al Mes En El Día, A La Hora Y En El Sitio Que La Misma Acuerde12La Junta Directiva Podrá Ser Convocada A Reuniones Extraordinarias Por El Presidente, O Su Suplente, Cuando Se Considere Conveniente13Todos Los Actos Y Deliberaciones De La Junta Directiva Se Harán Constar En Un Libro De Actas, Que Serán Autorizadas Con La Firma De Los Que En Ella Intervengan, Junto Con La Del Secretario De La Junta14Las Reuniones De La Junta Directiva Tendrán El Carácter De Reservadas Y A Ellas No Podrán Asistir Sino Sus Miembros, A Menos Que Ella Cite A Otras Personas, Las Cuales Tendrán Voz Pero No Voto15Son Funciones Principales De La Junta: A) Dictar Los Acuerdos Sobre Reconocimiento, O Negación De Asignación De Retiro, Pensiones, Reajustes, Acrecimientos Y Devoluciones A Los Miembros De Las Fuerzas Militares Que Tengan Derecho O Sus Beneficiarios Legales16Son Funciones Del Presidente De La Junta17El Gerente Es El Representante Legal De La Caja, Su Administrador Inmediato Y El Ejecutor De Las Determinaciones De La Junta Directiva18El Gerente De La Caja Será Nombrado Por La Junta Directiva, Seleccionado Entre El Personal De Oficiales Generales De Insignia De La Armada, U Oficiales Superiores De Las Fuerzas Militares, En Actividad, O En Uso De Buen Retiro19El Gerente De La Caja Será El Secretario De La Junta Directiva20Son Funciones Principales Del Gerente; A) Dirigir La Gestión Administrativa De La Caja Y Representarla En Todos Los Actos Judiciales Y Extrajudiciales; B) Ejecutar Y Hacer Que Se Cumplan Las Disposiciones Generales Orgánicas En Los Distintos Servicios De La Caja Que La Junta Directiva Expidiere; C) Atender A Las Relaciones De La Caja Con Las Entidades Públicas, Oficiales O Semioficiales, De Acuerdo Con Las Finalidades E Intereses De La Institución21La Caja Tendrá Para Sus Servicios Un Secretario Auxiliar, Dependiente De La Gerencia Y Sus Principales Funciones Son: A) A) Atender El Recibo Y Distribución De La Correspondencia Entre Las Diferentes Oficinas De La Caja, Proyectando Las Respuestas Pertinentes22La Caja Tendrá Para Su Servicio Un Asesor Jurídico Que Deberá Ser Abogado Titulado, Cuyas Funciones Principales Serán: A) Estudiar Los Problemas Jurídicos Relacionados, Con La Caja Y Preparar Los Conceptos O Proyectos Respectivos: B) Estudiar El Aspecto Legal De Todas Las Solicitudes De Prestaciones A Cargo De La Caja, Preparando Los Conceptos De Acuerdos Que Deben Someterse A La Junta Directiva: C) Estudiar El Aspecto Legal De Todos Los Contratos Que Celebre La Caja23Son Funciones De La Caja Pagadora; A) Atender El Pago Oportuno De Las Asignaciones De Retiro O Pensiones Del Personal Con Derecho A Estas Prestaciones24Las Funciones De Las Secciones De Kardex, Archivo Y Registro E Interventoría Y Mantenimiento De Edificios, Serán Fijadas Por La Junta Directiva Y La Gerencia De La Caja25La Caja De Retiro De Las Fuerzas Militares Tendrá Una Auditoria Fiscal Permanente, Con El Personal Y Las Asignaciones Que Determine La Contraloría De La República26La Remuneración De Este Personal Será De Cargo De La Caja De Retiro De Las Fuerzas Militares, De Conformidad Con Las Disposiciones Legales Sobre La Materia27La Caja De Retiro De Las Fuerzas Militares Es La Entidad Encargada Del Trámite De Oficio De Los Documentos Que Reciben Del Ministro De Guerra, O Comandantes De Fuerzas, Referentes Al Reconocimiento De Asignaciones De Retiro, Asignaciones De Beneficiarios Por Muerte De Militares En Goce De Asignación De Retiro Y Subsidio Familiar De Militares En Retiro28Los Acuerdos Sobre Prestaciones A Cargos De La Caja Dictados Por La Junta Directiva, Serán Firmados Por El Gerente, Quien Hará Constar En El Acuerdo El Número Del Acta Y La Facha De Su Aprobación29Para Atender El Pago Mensual De Las Asignaciones De Retiro Y Pensione De Beneficiarios Por Muerte Del Causante Que Se Reconozcan Con Cargo A La Caja, Ésta Aplicará: 1º30Para El Nombramiento De Empleados De La Caja Rigen Las Incompatibilidades Por Porcentaje De Que Tratan El Decreto Número 1036 De 1994 Y La Ley 12 De 1945
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