Micelio

Artículo 20

Son Funciones Principales Del Gerente; A) Dirigir La Gestión Administrativa De La Caja Y Representarla En Todos Los Actos Judiciales Y Extrajudiciales; B) Ejecutar Y Hacer Que Se Cumplan Las Disposiciones Generales Orgánicas En Los Distintos Servicios De La Caja Que La Junta Directiva Expidiere; C) Atender A Las Relaciones De La Caja Con Las Entidades Públicas, Oficiales O Semioficiales, De Acuerdo Con Las Finalidades E Intereses De La Institución

Decreto 1785 de 1962 · Por el cual se aprueban los Estatutos de la Caja de retiro de las Fuerzas Militares

01

El texto del artículo

Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.

Son funciones principales del Gerente

a)

Dirigir la gestión administrativa de la Caja y representarla en todos los actos judiciales y extrajudiciales;

b)

Ejecutar y hacer que se cumplan las disposiciones generales orgánicas en los distintos servicios de la caja que la Junta Directiva expidiere;

c)

Atender a las relaciones de la Caja con las entidades públicas, oficiales o semioficiales, de acuerdo con las finalidades e intereses de la institución.

d)

Velar por la Completa y correcta recaudación, custodia e inversiones de los recursos de la Caja y presentar con oportunidad los reclamos y demandas que fueren del caso;

e)

Someter, oportunamente, a la aprobación de la Junta, el balance mensual correspondiente al mes inmediatamente anterior;

f)

Presentar a la Junta Directiva cada seis meses el balance del ejercito anterior, con un informe escrito, sobre el mismo y sobre la marcha del establecimiento en tal periodo;

g)

Presentar a la Junta Directiva oportunamente el proyecto de presupuesto de ingresos y egresos de la Caja para el año siguiente;

h)

Autorizar compras, celebrar contratos, con observancia de la dispuesta por la Junta y dar cuenta de tales operaciones en la sesión posterior inmediata;

i)

Ejecutar las operaciones que ordene la Junta Directiva.

j)

Expedir los reglamentos del servicio interno de todos los departamentos, oficinas, dependencias;

k)

Nombrar y remover los empleados de la Caja de acuerdo con la delegación de la Junta Directiva.

l)

Facilitar al Gobierno y a la Junta Directiva cuantos datos le soliciten: ll) Supervigilar y visitar todas las dependencias de la Caja;

m)

Dirigir la correspondencia de su despacho,

n)

Imponer a los funcionarios y empleados de la Caja las sanciones disciplinarias previstas en los respectivos reglamentarios.

o)

Firmar como Secretario los Acuerdos que dicte la Junta, y expedir copia de ellos, en la parte pertinente, con destino a cada uno de los expedientes de prestaciones que cursan por la Caja.

p)

Cumplir los demás deberes inherentes a su cargo. Secretaria de la Caja

02

Historia constitucional

Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.

Este artículo no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte. Es posible que aún no haya sido demandado, o que la demanda no haya prosperado a estudio de fondo.
Ver toda la Decreto 1785 de 1962