DecretoVigente
Decreto 133 de 1987
por el cual se aprueba el Acuerdo numero 031 de diciembre 17 de 1986, originario de la Junta Directiva de la Empresa Puertos de Colombia "Colpuertos".
6artículos
0arts. con control
0sentencias
0inexequibilidades
01
Historia de constitucionalidad
Esta norma no registra control de constitucionalidad en el grafo de la Corte.
02
Leer el articulado completo como un libroArtículos de la norma
1Apruébase El Acuerdo Número 031 De Diciembre 17 De 1986, Emanado De La Junta Directiva Nacional De La Empresa Puertos De Colombia, Cuyo Texto Es El Siguiente: Acuerdo Numero 031 De 1986 (Diciembre 17) Por Medio Del Cual Se Derogan Los Artículos 12, 13 Y 15 Del Acuerdo Número 848 De Diciembre 22 De 1980, Emanado De La Junta Directiva Nacional De La Empresa Puertos De Colombia1Para La Liquidación De Las Tarifas De "servicios A Las Embarcaciones En Puerto" Y "servicios A La Carga", Se Entiende Por Tonelada Peso, El Peso De Mil (12Para La Liquidación De Las Tarifas Por "servicios A Las Embarcaciones En Puerto" Y "servicios A La Carga", Para Cargamentos De Importación, Tránsito Internacional Y Transitoria, La Empresa Tomará La Modalidad Que Más Le Convenga A Ella, Bien Se Trate De Tonelada Peso O Tonelada Volumen3Toda Fracción De Pesos Que Sea Inferior A Col4El Presente Acuerdo Rige A Partir De La Aprobación Que Le Dé El Gobierno Nacional Y Deroga Todas Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias Y Especialmente Los Artículos 12, 13 Y 15 Del Acuerdo 848 De Diciembre 22 De 1980, Emanado De La Junta Directiva Nacional De La Empresa Puertos De Colombia2Este Decreto Rige A Partir De La Fecha De Su Publicación Y Deroga Todas Las Disposiciones Que Le Sean Contrarias
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