Las decisiones que adopte el juez de ejecución de penas y medidas de seguridad en relación con mecanismos sustitutivos de la pena privativa de la libertad y la rehabilitación, son apelables ante el juez que profirió la condena en primera o única instancia.
Ley 906 de 2004 →Vigente
Artículo 478
Decisiones
Ley 906 de 2004 · por la cual se expide el Código de Procedimiento Penal.
5 sentencias lo revisaron
01
El texto del artículo
✓Texto literal tal como consta en la norma. Dato duro, citable.
02
Historia constitucional
Todas las sentencias de la Corte Constitucional que han revisado este artículo, en orden cronológico. Sigue la evolución de la doctrina: cada fallo se enlaza a su ficha.
- 2008C-880/08ConstitucionalidadINHIBITORIO
- 2008C-1061/08ConstitucionalidadINHIBITORIO
- 2011C-538/11ConstitucionalidadINHIBITORIO
- 2014C-756/14ConstitucionalidadINHIBITORIO
- 2016C-233/16Constitucionalidad · «son Apelables Ante El Juez Que Profirió La Condena De Primera O Única Instancia»EXEQUIBLE
5 pronunciamientos · fuente: parte resolutiva de cada sentencia