Tema · Principio De Cosa Juzgada Constitucional
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Accion De Tutela Contra Colpensiones. Improcedencia Por Cuanto Existe Cosa Juzgada Constitucional.
Demandante: Efrain Cabeza Acendra
Ponente: Alberto Rojas Ríos
Audiencias Laborales. Continuidad De La Misma Sin Que Pueda Decretarse Suspensión.
Demandante: Laura Alarcon Murillo Y Otro
Ponente: Aquiles Arrieta Gómez
Código De Minas. Procedimiento De Propuestas De Concesión Minera. Prelación De Grupos Indígenas. Zonas Mineras Indígenas. Manejo Ambiental, Oposiciones. Celebración Y Registro Del Contrato De Concesión.
Demandante: Laura Juliana Santacoloma Y Otro
Ponente: María Victoria Calle Correa
Solicitud De Nulidad De La Sentencia C-921 De 2007 Por La Vulneracion Del Principio De Cosa Juzgada Constitucional En Relacion Con El Sentido Y Con El Alcance Del Inciso 3º Del Articulo 2º Del Acto Legislativo No. 01 De 2001, Mediante El Cual Se Modifico El Articulo 356 Superior. Verificacion Del Requisito De Oportunidad. Excepcionalidad De La Declaratoria De Nulidad De Las Sentencias De La Corte Constitucional. Es Evidente Que La Pretension De Nulidad Impetrada No Esta Llamada A Prosperar, Ya Que Ninguna De Las Situaciones Expuestas Por La Jurisprudencia Constitucional Para Declarar La Nulidad De Los Fallos De Esta Corporacion Se Ha Configurado En El Asunto Bajo Estudio. Negada
Demandante: Ramon Esteban Laborde Rubio
Ponente: Clara Inés Vargas Hernández
Solicitudes De Nulidad De La Sentencia T-481/05 Dentro De La Accion De Tutela Presentada Por El Gobernador Del Departamento Del Valle Contra El Tribunal De Arbitramento Que Dirimio Las Controversias Economicas Con Ocasión Del Contrato De Concesion, Y Contra El Consejo De Estado Que Declaro Infundado El Recurso De Anulacion Presentado Por La Gobernacion Contra El Referido Laudo Arbitral. La Solicitud De Nulidad Se Soporta En Que: La Sala Primera De Revision Desconocio La Jurisprudencia Reiterada De La Sala Plena De La Corte Sobre Las Vias De Hecho Que Dan Lugar A La Prosperidad De La Accion De Tutela Contra Providencias Judiciales; Crea Una Situacion En Que Se Deja Al Particular Sin Derecho A Acceder A La Administracion De Justicia; Representa Un Cambio De La Jurisprudencia Establecida Por La Sala Plena Sobre La Intangibilidad De La Cosa Juzgada Constitucional; Se Violo El Debido Proceso; Desconocio El Principio De Subsidiariedad De La Accion De Tutela; Se Modifico La Jurisprudencia De La Corte Constitucional Sobre Vias De Hecho Establecida Por La Sala Plena; Desconocio La Cosa Juzgada Al Otorgarle Efectos Retroactivos A Una Sentencia Que No Lo Establecia. Competencia De La Sala Plena Para Resolver Las Solicitudes De Nulidad De Las Sentencias De Tutela Proferidas Por Las Salas De Revision De Esta Corporacion. Las Causales De Nulidad Analizadas - (I) Cambio De Jurisprudencia Sobre La Doctrina De La Vía De Hecho En Que Llegaren A Incurrir Las Providencias Judiciales, Efectuado Por Una Sala De Revisión Y No Por La Sala Plena Y (Ii) Desconocimiento Del Derecho Fundamental Al Debido Proceso De Una De Las Partes, Específicamente El Derecho A Acceder A La Administración De Justicia- Son Fundadas, Lo Cual Debe Conducir A Que La Sentencia T-481 De 2005 Sea Declarada Nula Por La Sala Plena De La Corte Constitucional, Haciendo Innecesario Continuar Con El Análisis De Las Demás Causales De Nulidad Alegadas. Declara La Nulidad De La Sentencia T-481/05
Demandante: Sociedad Concesiones De Infraestructura S.A. Cisa En Liquidacion Y Otros
Ponente: Manuel José Cepeda Espinosa