Micelio
Sentencia de Tutela6 de diciembre de 2010

T-999 de 2010

Ponente Jorge Ignacio Pretelt Chaljub

Demandante Adriana Garcia Alfonso·Demandado Sociedad De Trofeos A. Rodrigez B. Ltda

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Mujer Embarazada
  • Deber del empleador de efectuar oportunamente el pago de los aportes al sistema de seguridad social
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Vida, salud, protección especial de las mujeres embarazadas.

La accionante solicita se ordene a su empleador efectuar los pagos al Sistema General de Seguridad Social, comenta que se encuentra en estado de embarazo y no le ha sido brindada la atención médica necesaria debido a que no se han realizado los aportes a tiempo, también solicita el pago de los aportes parafiscales para poder recibir el subsidio familiar.

La Sala se pronuncia sobre la improcedencia de la acción de tutela para el cobro de acreencias económicas, la protección especial de la mujer embarazada, el deber del empleador de efectuar oportunamente el pago de los aportes al Sistema de Seguridad Social, se ordena a la entidad accionada afiliar a la actora y a su menor hijo al Sistema de Seguridad Social Integral, efectuando el traslado de los aportes respectivos y la cancelación de la licencia de maternidad.

Concedida.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. PRIMERO. REVOCAR, por las razones expuestas en esta providencia, la sentencia proferida el
  2. primero. (1deg) de julio de dos mil diez (2010), por el Juzgado Cuarenta y Nueve Civil Municipal de Bogota y, en su lugar, CONCEDER el amparo de los derechos fundamentales de la senora Adriana Garcia Alfonso.
  3. SEGUNDO. ORDENAR a la empresa Trofeos A. Rodriguez B. Ltda. que en el termino de cuarenta y ocho (48) horas siguientes contadas a partir de la notificacion de esta providencia, proceda a reafiliar a la accionante y a su hijo por el primer ano desde el nacimiento al Sistema de Seguridad Social Integral, efectuando dentro del termino oportuno el traslado de los aportes respectivos, asi como le cancele la licencia de maternidad a que tiene derecho. En el evento en que el empleador no realice los pagos de los aportes al Sistema Integral de Seguridad Social o los mismos sean rechazados por extemporaneos, sera el el responsable de asumir todas las prestaciones economicas.
  4. TERCERO. ORDENAR a la empresa Trofeos A. Rodriguez B. Ltda. que a partir de la notificacion de esta providencia y hasta tanto se verifique la efectiva vinculacion de la actora al Sistema de Seguridad Social en Salud dentro del regimen contributivo y comience a recibir atencion por parte de la entidad prestadora del servicio, asuma el costo de todos los examenes medicos, medicamentos y hospitalizaciones que requiera la accionante.
  5. CUARTO. LIBRESE las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991, para los efectos alli contemplados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

Votos disidentes — texto disponible1
AclaraciónLuis Ernesto Vargas Silva
Texto oficial de la relatoría · lo más valioso del fallo: las posturas que no hicieron mayoría.
04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.