Micelio
Sentencia de Tutela17 de julio de 2000

T-907 de 2000

Ponente Alejandro Martínez Caballero

Demandante Paola Patricia Ruiz Barreto Y Otro

Tema · dato duro
Derecho A La Educacion. A La Vida En Condiciones Dignas Y Justas Y A La Seguridad Social. Pension De Sobrevivientes A Hijos Mayores De 18 A 25 Años Que Estan Estudiando. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Pension De Sobrevivientes
  • Interrupción que impide continuación de estudios
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. REVOCAR el fallo proferido por la Sala de Decisión del Tribunal Administrativo de Bolívar, del diez (10) de febrero de 2000 y, en su lugar, CONCEDER la protección solicitada.
  2. Segundo. ORDENAR al Instituto de Seguros Sociales, Seccional Bolívar, que en el término de las cuarenta y ocho (48) horas siguientes a la notificación de la presente sentencia, reanude el pago de las mesadas pensionales a que tiene derecho los demandantes, pago que se prolongara durante todo el tiempo en que los mismos acrediten que se encuentran estudiando, y/o hasta que cumplan los 25 años de edad a que hace referencia el artículo 47 de la Ley 100 de 1993.
  3. En cuanto a las mesadas pensionales causadas y no pagadas, los demandantes podrán acudir a la jurisdicción contenciosa para reclamarlas.
  4. Tercero. El incumplimiento de la presente sentencia dará lugar a las sanciones que por desacato contempla el artículo 52 del decreto 2591 de 1991.
  5. Cuarto. Por Secretaría líbrese la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.