Providencias que cita
T-829/11 invoca estas providencias en su argumentación. · 30 en total.
Volver a la ficha de T-829/11Ley 90 De 1946. Art. 36. Seguro Social Obligatorio. Instituto Colombiano De Seguros Sociales. Prescripcion. Accion De Reconocimiento Pensional. 4 Años. Prestaciones Subsidio Y Pension Reconocida. 1 Año. Renunciabilidad E Imprescriptibilidad De La Pension.
Derechos A La Igualdad Seguridad Social Y Minimo Vital. Solicitud Reliquidacion De La Mesada Pensional. Falta De Prueba Y De Requerimiento Al Iss. Negada.
Derecho Al Minimo Vital Y Seguridad Social. Solicitud Reconocimiento Y Pago Pension De Invalidez Por Riesgo Comun. Perdida De Capacidad Laboral. Accidente De Origen No Profesional. Riesgos Profesionales. Hecho Superado. Tolimotos Ltda. Negada.
Derecho A La Salud Seguridad Social Vida Y Minimo Vital. Solicitud De Reconocimiento De Pension De Invalidez. Perjuicio Irremediable. Concedida.
Ley 116/28. Art. 2 Parcial. Prescripcion De Las Pensiones. Inexequible.