T-805 de 2011
Ponente María Victoria Calle Correa
✓Demandante Rosa Sierra Viuda De Cardenas·Demandado Arp Positiva Compañia De Seguros
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Orden a ARP Positiva reconocer y pagar pensión de sobrevivientes de hijo fallecido a madre de 82 años
- Finalidad
- Asunción de riesgos por empleador por incumplimiento en el pago de cotizaciones
- Inconstitucionalidad de desafiliación automática por incumplimiento del empleador en pago de cotizaciones mediante sentencia C-250/04
- Procedencia por cuanto se cumplen requisitos y para evitar perjuicio irremediable
- Relevancia del reconocimiento a personas de la tercera edad como sujetos de especial protección constitucional
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Seguridad social, mínimo vital.
La accionante es una mujer de 82 años de edad que reclama el reconocimiento y pago de la pensión de sobrevivientes por la muerte de su hijo, el cual falleció en un accidente de trabajo y de quien dependía económicamente.
La ARP POSITIVA negó la prestación argumentando que el empleador reportó novedad de retiro del empleado, con anterioridad a la fecha de ocurrencia del lamentable accidente.
Para la Sala de Revisión, la entidad accionada al negar la pensión de sobrevivientes con el argumento de que el causante al momento del fallecimiento se encontraba desafiliado del Sistema de Riesgos Profesionales, vulneró derechos fundamentales de la actora porque desconoció que la desafiliación automática de los afiliados fue declarada inconstitucional mediante sentencia C-250-04.
Al ser la peticionaria beneficiaria del causante y por acreditar el cumplimiento de los demás requisitos legales, se CONCEDE el amparo impetrado.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado
- Cuarto. Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento del Distrito Judicial de Tunja el 27 de mayo de 2011, que a su vez confirmo el fallo proferido por el Juzgado
- Primero. Penal Municipal con Funcion de Control de Garantias de Tunja el 19 de abril de 2011, para en su lugar, TUTELAR los derechos fundamentales a la seguridad social y al minimo vital de la senora Rosa Sierra Viuda de Cardenas.
- Segundo. Como consecuencia de lo anterior, ORDENAR a la Administradora de Riesgos Profesionales Positiva Compania de Seguros S.A. que en los ocho (8) dias siguientes a la notificacion de la presente sentencia, reconozca y pague a la senora Rosa Sierra viuda de Cardenas la pension de sobrevivientes, por la muerte en un accidente de trabajo de su hijo Jose Cardenas Sierra.
- Tercero. Por Secretaria General, librense las comunicaciones de que trata el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.