T-786 de 2013
Ponente Luis Guillermo Guerrero Pérez
✓Demandante Pablo·Demandado Cruz Blanca E.P.S.
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Caso en que a enfermo de VIH/SIDA se le está prestando atención integral en salud, de acuerdo a lo ordenado por otra sentencia de tutela que fue fallada a favor
- Fenómeno que puede presentarse a partir de dos eventos que a su vez sugieren consecuencias distintas: hecho superado y daño consumado
- Mediante sentencia judicial posterior se dio protección a derechos fundamentales que se pretendían garantizar con la primera acción de tutela
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Considera el actor que la E.P.S.
Cruz Blanca vulneró sus derechos fundamentales, al no brindarle un trato preferencial y prioritario para la entrega de medicamentos y autorización de otros servicios, así como por no ofrecerle alternativas con otras IPS que traten su diagnóstico por VIH, diferentes a la asistencia al programa de atención integral a las personas que conviven con este virus.
En sede de revisión la Sala conoció que en cumplimiento de una orden judicial proferida en otra acción de tutela, al actor le estaban brindado la atención integral y oportuna que requería.
En virtud de lo anterior y al constatar la existencia de otro fallo que evitó toda posibilidad de amenaza o daño a los derechos fundamentales del accionante, consideró la Corte que resultaría no sólo innecesario sino problemático desde la institución de la cosa juzgada, emitir un pronunciamiento de fondo sobre el asunto y, por ello, decidió, declarar la carencia actual de objeto y prescindir de orden alguna.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (3 puntos)
- PRIMERO. REVOCAR la sentencia de tutela proferida el 10 de mayo de 2013, en segunda instancia, por el Juzgado Veinticinco Penal del Circuito con Funciones de Conocimiento de Medellin- Antioquia-, que a su vez confirmo la sentencia de primera instancia proferida el 10 de abril de 2013 por el Juzgado
- Quinto. Penal Municipal con Funciones de Control de Garantias de la misma ciudad, mediante la cual se nego el amparo a los derechos fundamentales de Pablo contra Cruz Blanca EPS, y en su lugar, DECLARAR la carencia actual de objeto por las razones senaladas.
- SEGUNDO. Por secretaria, librese la comunicacion prevista en el Articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.