Micelio
Sentencia de Tutela22 de junio de 2000

T-760A de 2000

Ponente Alejandro Martínez Caballero

Demandante Mercedes Forero De Alvarado

Tema · dato duro
Derecho Al Minimo Vital Y Al Pago De Mesadas Pensionales. Empresas En Liquidacion. Conmutacion Pensional. Iss. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela
  • Procedencia excepcional pago de acreencias laborales
Concordato Preventivo Obligatorio
  • Pago de mesadas pensionales
4 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. Primero. REVOCAR el fallo proferido por el 18 de febrero de 2000 por la Sala Laboral del Tribunal Superior de Santafé de Bogotá D.C., al resolver sobre la acción de tutela instaurada por Mercedes Forero de Alvarado, y en su lugar TUTELAR los derechos al mínimo vital y al pago de las mesadas pensionales de la actora.
  2. Segundo. ORDENAR al señor Liquidador de la fábrica Supertex Alvarado y Arteaga y Cía. Ltda. en Liquidación Obligatoria, que el término de cuarenta y ocho (48) horas, contadas a partir de la notificación de la presente providencia, si ya no lo hubiere hecho, cancele los mesadas adeudadas a la señora Mercedes Forero de Alvarado, por ser dicho pago parte de los gastos de administración del proceso liquidatorio. Dicho pago se seguirá haciendo de manera oportuno en el futuro, hasta tanto opere la conmutación pensional.
  3. Tercero. ORDENAR al Ministerio del Trabajo y Seguridad Social asumir la competencia que le otorgan el artículo 4 del decreto 2677 de 1971 y el artículo 1º.del decreto 1572 de 1973 y disposiciones pertinentes, con el fin de que ordene los estudios a que se refieren las normas mencionadas, y determine si se dan o no los supuestos entre la fábrica Supertex Alvarado y Arteaga y Cía. Ltda. en Liquidación Obligatoria. y el Instituto de Seguros Sociales para que proceda a la conmutación pensional. En caso de encontrar que tales supuestos se verifican, solicitará al director del Instituto de Seguros Sociales, que la conmutación pensional se lleve a cabo, previo el agotamiento de los trámites legales necesarios que aseguren su viabilidad.
  4. Cuarto. El desacato a lo ordenado en esta providencia, se sancionará de conformidad con lo señalado en el artículo 52 del decreto 2591 de 1991.
  5. Quinto. Por Secretaría líbrese la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.