Sentencia de Tutela30 de mayo de 2000
T-630 de 2000
Ponente Alvaro Tafur Galvis
✓Demandante Gustavo Adolfo Pelaez Torres
✓
Tema · dato duro
Derecho Al Minimo Vital Y Seguridad Social. Pago Del Bono Pensional Tipo B. Concedida
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Bono Pensional
- Procedencia de tutela para reclamar la remisión
- Traslado efectivo
- Ultima entidad empleadora reconoce y expide la totalidad
3 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (5 puntos)
- Primero. REVOCAR la sentencia dictada el 6 de diciembre de 1999 por la Sala de Casación Laboral de la Corte Suprema de Justicia. En su lugar, CONCEDER la tutela del mínimo vital y seguridad social del señor Gustavo Adolfo Peláez Torres.
- Segundo. ORDENAR al Municipio de Medellín que en el término de ocho (8) días siguientes a la notificación de este fallo, ponga a disposición del Instituto de Seguro Social, la totalidad del bono pensional necesario para conceder la prestación social reclamada por el demandante, siempre y cuando cuente con la debida disponibilidad presupuestal.
- En caso contrario, dispondrá del mismo término para iniciar las gestiones tendientes a obtener los recursos necesarios para adelantar el pago del bono pensional tipo B.
- Lo anterior, sin perjuicio de los trámites que el Municipio pueda adelantar para lograr el pago de la cuota parte a cargo del Ministerio de Defensa.
- Tercero. Por Secretaría General, líbrese la comunicación de que trata el artículo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a5
T-350/00Derecho Al Minimo Vital Y Seguridad Social. No Emision Del Bono Pensional Por La Occidental De Colombia Inc. Concedida.T-630/99Der. Al Minimo Vital. Der. A La Seguridad Social. Solicitud De Reconocimiento Y Pago Del Bono Pensional Por La Ultima Entidad. Concedida.T-577/99Der. A La Igualdad. Der. De Peticion. Der. A La Seguridad Social. No Cancelacion De Bono Pensional Por Entidad. Concedida.T-549/98Der. De Peticion. Solicitud De Remision Del Bono Pensional. Concedida Parcialmente.C-177/98Ley 100/93. Arts. 33 Parcial Y 209. Incumplimiento De La Obligacion De Cotizar El Patrono A Las E.P.S. Prestacion Del Servicio De Salud Al Trabajador Que Cotizo Cumplido. Exeq.
Citada por1
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.