T-612 de 2006
Ponente Nilson Elías Pinilla Pinilla
✓Demandante Eutalia Vargas Rodriguez Y Otros Vs. Secretaria De Educacion Departamental Del Huila Servicio Educativo Para La Poblacion Desplazada Y Vulnerable
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Inscripción de los menores en el Servicio Educativo para la Población Desplazada sin consideración a su edad
- Menores en extrema pobreza que no cuentan con colegio de bachillerato en su vereda
- Fundamental
- No pueden existir medidas discriminatorias que impidan acceso a la educación
- Edad no es factor para excluir o no permitir acceso a la educación
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho a la educacion e igualdad de los menores hijos de habitantes de la vereda el recreo del municipio de guadalupe a quienes se les nego la inscricpion en el servicio educativo para la poblacion desplazada y vulnerable aduciéndose que dicha inscripcion estaba dirigida a jovenes con edades entre los 15 y 22 años en tanto los menores de la vereda tienen edades que oscilan entre 8 y 14 años desconociéndose lo distante que se encuentran de los centros urbanos.
Solicitan se ordene a la secretaria de ecucacion departamental autorice el acceso de los menores al programa sin consideracion de sus edades en la modalidad semipresencial sabatina o dominical.
Caracter fundamental del derecho a la educacion.
Los programas y metodos de enseñanza que ofrezca el estado de manera directa o por convenio con entidades privadas expresamente autorizadas para ello deberan propender a solucionar las necesidades de escolaridad en el pais ajustando sus programas si fuere el caso en aras de garantizar el acceso la continuidad en el proceso de formacion y la consecuente permanencia de los menores en el sistema educativo.
Para la sala el articulo 67 de la constitucion impone al estado el deber de ofrecer y garantizar el acceso y permanencia en el sistema educativo sin limitaciones discriminatorias que imposibiliten a las personas el acceso al conocimiento.
Concedida
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado unico Promiscuo Municipal de Guadalupe, Huila. En su lugar, TUTELAR los derechos fundamentales a la educacion e igualdad de los menores hijos de los accionantes Eutalia Vargas Rodriguez, Alfredo Cruz Borja, Eugenio Hernan Corrales Arias y Jose Ivan Corrales Arias.
- Segundo. ORDENAR a la Secretaria de Educacion del Departamento del Huila, que en el termino de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificacion de la presente sentencia, inicie los tramites necesarios para la inscripcion de los menores hijos de los accionantes en el Servicio Educativo para la Poblacion Desplazada y Vulnerable, sin consideracion a su edad, mientras se implementan otros sistemas educativos acordes con la necesidad de escolaridad de esos menores.
- Tercero. ADVERTIR a la Secretaria de Educacion del Departamento del Huila, a fin de garantizar la mayor y mejor cobertura en la educacion basica en el Departamento y en especial en el Municipio de Guadalupe en donde residen los accionantes y sus menores hijos, que debera implementar procesos formativos de educacion basica secundaria continuos y completos que consideren las condiciones geograficas en que se localiza la potencial poblacion estudiantil, asi como sus condiciones economicas y sociales.
- Cuarto. Por Secretaria General, LIBRENSE las comunicaciones a que se refiere el articulo 36 del decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.