Micelio
Sentencia de Tutela9 de junio de 2005

T-600 de 2005

Ponente Alvaro Tafur Galvis

Demandante Luis Arturo Angarita Rojas Vs. Iss Y Otro

01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho De Peticion
  • Falta de claridad sobre el régimen jurídico aplicable no justifica no dar respuesta precisa y de fondo
Derecho De Peticion En Materia Pensional
  • Término de cuatro y seis meses para resolver reconocimiento y pago
  • Término de quince días para informar estado del trámite o copias de documentos
  • Trabajador que por escisión del Seguro Social pasó a Empresa Social del Estado
Empresas Sociales Del Estado
  • Resolución de fondo sobre la existencia del derecho a la pensión
3 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Derecho de peticion de afiliado exfuncionario a quien no le han resuelto la solicitud de pension pese a haber cumplido los requisitos de acuerdo con la convencion colectiva de la entidad.

Solicita se ordene se resuelva de fondo la solicitud de reconocimiento y pago de la pension de jubilación.

Violación del derecho de peticion por ausencia de una respuesta de fondo a la peticion de reconocimiento de pension de jubilación del demandante.

Termino dentro de los cuales las autoridades deben dar respuesta a los derechos de peticion en materia pensional.

Concedida

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. en nombre del pueblo y por mandato de la Constitución,
  2. R E S U E L V E:
  3. Primero. LEVANTAR la suspensión de términos decretada en este asunto.
  4. Segundo. REVOCAR la sentencia proferida por el Juzgado Veintiséis Penal del Circuito de Bogotá, del quince (15) de septiembre de dos mil cuatro (2004), que denegó la tutela invocada y en su lugar CONCEDER la tutela del derecho fundamental de petición del señor LUIS ARTURO ANGARITA ROJAS.
  5. Tercero. ORDENAR al representante legal de la E.S.E. Luis Carlos Galán Sarmiento que, dentro de los cinco (5) días siguientes a la notificación de esta providencia, resuelva de fondo sobre la solicitud de pensión de jubilación reclamada por el demandante, mediante la expedición de un acto administrativo que esté sujeto a los recursos de ley y le comunique oportunamente su decisión al demandante.
  6. Cuarto. Por Secretaría, líbrese la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.