Micelio
Sentencia de Tutela18 de julio de 2002

T-554 de 2002

Ponente Alfredo Beltrán Sierra

Demandante Luz Marina Barrientos Aguirre Vs. Administracion Municipal De San Pedro Antioquia Y Otro

Tema · dato duro
Derechos A La Vida Salud Y Medio Ambiente Sano. Solicitud Cierre Planta De Tratamiento Del Matadero Municipal. Malos Olores. Derechos Colectivos. Permisos Ambientales. Llamado A Prevencion. Negada.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Acción De Tutela
  • Improcedencia para ordenar cierre de matadero
  • No existe conexidad entre afección a la salud y emanación de malos olores
Derecho Al Ambiente Sano
  • Emanaciones de mal olor de matadero
Derechos Colectivos
  • Conexidad con derechos fundamentales hace procedente la tutela
3 temas · 4 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (4 puntos)
  1. Primero. CONFIRMAR la sentencia proferida por el Juzgado Promiscuo Municipal de San Pedro (Antioquia), el 22 de febrero de 2002.
  2. Segundo. PREVENIR a las autoridades administrativas del Municipio de San Pedro, para que si no lo han hecho, adelanten los trámites requeridos para obtener los respectivos permisos ambientales para el funcionamiento de la planta de tratamiento del matadero municipal. Así mismo se les prevendrá a las citadas autoridades y a las ambientales del Municipio, a fin de que mantengan un estricto control sobre el funcionamiento de la planta, procurando sino acabar, si minimizar al máximo los olores generados por la planta aludida.
  3. Líbrense por Secretaría, las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
  4. Notifíquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.