T-545 de 2005
Ponente Jaime Araujo Rentería
✓Demandante Lucia Elena Hidalgo Muñoz Vs. Alcaldia Municipal De San Juan De Pasto
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Vulneración
- Forma de anularlo por el Gobernador no era la procedente
- Respuesta de la Administración liga el ejercicio de la discrecionalidad al cumplimiento de una función que le corresponde
- Se configuran presupuestos para que proceda tutela
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho al libre desarrollo de la personalidad y el debido proceso de docente nacionalizada al servicio del municipio de pasto a quien le fue diagnosticado un carcinoma ductal infiltrante y su medico tratante le recomendo traslado a zona rural el cual después de efectuadas las gestiones pertinentes de traslado por permuta el alcalde decidio negarlo.
Solicita se ordene el cumplimiento de lo dispuesto en el convenio interadministrativo para efectuar el traslado solicitado.
Traslado de docente por permuta.
Considera la sala que la proteccion de los derechos de la actora tiene cabida y resulta procedente por via de la accion de tutela.
Concedida
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (6 puntos)
- Primero. REVOCAR la sentencia dictada en segunda instancia el 23 de noviembre de 2004 por el Juzgado
- Segundo. Penal del Circuito de San Juan de Pasto, mediante la cual revocó aquella en la que el Juzgado
- Cuarto. Penal Municipal de la misma ciudad, el 28 de septiembre de 2004, concedió el amparo de los derechos fundamentales de la señora Lucía Elena Hidalgo Muñoz, en el trámite de la acción instaurada contra la Alcaldía Municipal de San Juan de Pasto, con citación oficiosa de la Secretaría de Educación y Cultura de ese mismo municipio.
- En su lugar, CONFIRMAR, pero por los motivos expuestos en este fallo, la sentencia de primera instancia, en el sentido de conceder el amparo reclamado por la actora, de sus derechos fundamentales al libre desarrollo de la personalidad y al debido proceso.
- Segundo. En consecuencia ORDENAR a la Alcaldía Municipal de Pasto y a la Secretaría de Educación y Cultura de ese municipio que en un término de diez (10) días hábiles contados a partir de la notificación del presente fallo, proceda a realizar todos los actos y gestiones administrativas necesarios para hacer efectiva la permuta entre las docentes Lucía Elena Hidalgo Muñoz e Isabel Odilia Miryam Bastidas, acordada en el convenio interadministrativo No. 006-04 de abril 1 del 2004.
- Tercero. LÍBRESE por secretaría la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.