Sentencia de Tutela19 de mayo de 2004
T-477 de 2004
Ponente Manuel José Cepeda Espinosa
✓Demandante Maria Elena Moya Contreras Vs. Superintendencia De Sociedades
✓
Tema · dato duro
Derechos Al Debido Proceso. Via De Hecho. Solicitud Reconocimiento Credito De Primera Categoria. Prestaciones Sociales. Falta Acreditar Calidad De Apoderado. No Utilizacion Medios De Defensa Judicial. Acuerdo De Reestructuracion. Ley 550 De 1999. Raethzel
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Acción De Tutela
- Improcedencia por descuido procesal en proceso de liquidación obligatoria
Medio De Defensa Judicial
- Eficacia
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- CONFIRMAR el fallo del 29 de octubre de 2003, adoptado por el Juzgado Quince Civil del Circuito de Bogotá y la sentencia del 12 de diciembre de 2003 adoptada por la Sala Civil del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Bogotá, que negaron la tutela de los derechos al debido proceso, a la defensa, a la igualdad, a la prevalencia del derecho sustancial sobre el procesal, al mínimo vital, y al trabajo de Maria Elena Moya Contreras.
- Por Secretaria General, líbrense las comunicaciones de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a11
T-983/01Derecho Al Debido Proceso E Igualdad. Desvinculacion Del Cargo Ocupado Como Magistrado De La Sala Disciplinaria. Concurso De Meritos. Existencia De Otro Medio De Defensa Judicial. Doctrina Constitucional. Negada.T-069/01Derecho A La Igualdad Trabajo Salud Y Familia. Supresion De Cargos. Negada.SU.544/01Debido Proceso. Derecho Al Trabajo. Periodo Del Registrador. El Derecho Al Reconocimiento No Forma Parte Del Nucleo Esencial Del Derecho Fundamental Al Acceso Y Desempeño De Funciones Publicas. Medio De Defensa Judicial . Improcedencia De La Accion De TutT-812/00Debido Proceso. No Se Entregaron Recursos Del Presupuesto Al Municipio De Fredonia Por Recibo Extemporaneo De Documentos. Medio De Defensa Judicial. Negada.T-871/99No Reconocimiento Junta Directiva Sindicato Federacion Nacional De Cafeteros Y Almacafe Neiva. Existencia Otros Medios De Defensa Judicial. Negada.T-567/98Debido Proceso. Vias De Hecho Por Violacion Del Principio De Favorabilidad Penal. Falta De Defensa Tecnica. Santa Rosa De Viterbo. Concedida.
Ver las 11 →Citada por2
T-256/23Acción De Tutela Contra Providencias Judiciales En Proceso De Repetición Por Responsabilidad Patrimonial Del Estado-Omisión En Valorar La Propuesta De Reintegro, Características Y Condiciones Del Acuerdo De Pago.T-776/04Derecho A La Igualdad Minimo Vital Debido Proceso Y Acceso A La Administración De Justicia De Trabajadores De Sociedad En Liquidación Por No Inclusión Como Acreedores Dentro Del Tramite. Tutela Contra Actuaciones De Superintendencia De Sociedades. Solici
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.