Micelio
Sentencia de Tutela2 de mayo de 2000

T-475 de 2000

Ponente Alvaro Tafur Galvis

Demandante Hector Jaime Rodriguez Vargas

Tema · dato duro
Derecho A La Salud Vida Y Seguridad Social. Cirugia Del Oido A Menor Que No Realiza El Iss. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho A La Salud Del Niño
  • Implante coclear por sordera
1 tema · 1 subtema · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
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Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. Primero. REVOCAR la sentencia pronunciada dentro del presente asunto por el Juzgado
  2. Décimo. Civil del Circuito de Santa Fe de Bogotá.
  3. Segundo. CONCEDER la tutela de los derechos a la vida, la integridad personal, la salud y la seguridad social de Karen Tatiana Rodríguez Cuenca.
  4. Segundo. ORDENAR a la Empresa Promotora de Salud del Seguro Social, Seccional Cundinamarca, que si previo dictamen de los especialistas, se llegare a la conclusión de la necesidad de un implante coclear, se proceda a dicha intervención en el término de un mes contado a partir de la fecha del diagnóstico, sin que pueda oponer la entidad la existencia de normas legales que excluyan el tratamiento del Plan Obligatorio de Salud.
  5. Tercero. En caso de procederse a la cirugía de implante coclear, la E.P.S. del Seguro Social, podrá repetir lo pagado en cumplimiento de la orden contenida en el numeral tercero, en contra del Fondo de Solidaridad y Garantía del Sistema de Seguridad Social Integral en Salud, subcuenta de enfermedades catastróficas.
  6. Cuarto. Por Secretaria, líbrese la comunicación de que trata el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.