Micelio
Sentencia de Tutela3 de septiembre de 1998

T-466 de 1998

Ponente Vladimiro Naranjo Mesa

Demandante Martha Patricia Mogollon Y Otros

Tema · dato duro
Der. A La Igualdad. Der. Al Trabajo. Nivelacion Salarial. El Trabajador Es Libre De Acogerse Al Regimen Laboral Que Desee. F.U.A.C. Concedida.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Derecho Al Trabajo En Condiciones Dignas Y Justas
  • Discriminación salarial por no acogerse nuevo sistema de cesantías
Regimen De Cesantias
  • Libertad para escoger régimen laboral durante transición legislativa
Derecho A La Igualdad
  • Discriminación salarial por no acoger nuevo sistema de cesantías
5 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (6 puntos)
  1. Primero. REVOCAR los fallos proferidos por la Sala Laboral del Tribunal Superior de Bogota en los casos de los senores Martha Patricia Mogollon Ortega, William Bernal Cabrera, Luz Marina Rambal Santacruz, Nancy del Rosario Ruiz Ortega, Carmen Rosa Zea Zea y Miryam Padilla Florez. En su lugar TUTELAR los derechos fundamentales de igualdad y trabajo.
  2. Segundo. ORDENAR a la FUNDACION UNIVERSITARIA AUTONOIMA DE COLOMBIA para que en el termino de cinco (5) dias, contados a partir de la notificacion de la presente sentencia, nivele el salario de los senores Martha Patricia Mogollon Ortega, William Bernal Cabrera, Luz Marina Rambal Santacruz, Nancy del Rosario Ruiz Ortega, Carmen Rosa Zea Zea y Miryam Padilla Florez, con el de los demas empleados de la institucion que esten cumpliendo las mismas funciones, cancelando a estos las diferencias salariales desde el momento en que se presento la discriminacion, de conformidad con lo senalado por la sentencia SU-519 del 15 de octubre de 1997.
  3. Tercero. CONFIRMAR la sentencia del 30 de marzo de 1998, proferida por la Sala Laboral del Tribunal Superior de Bogota en el caso de la senora Luz Deyanira Sarmiento Lopez.
  4. Cuarto. PREVENIR a la FUNDACION UNIVERSITARIA AUTONOMA DE COLOMBIA, para que en lo sucesivo no desarrolle conductas que atenten contra los derechos de sus trabajadores, ni profiera a estos tratos discriminatorios.
  5. El incumplimiento del presente fallo dara lugar a la imposicion de las sanciones por desacato contempladas por el articulo 52 del Decreto 2591 de 1991.
  6. Quinto. SURTASE el tramite previsto en el articulo 36 del Decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.