Sentencia de Tutela10 de abril de 2000
T-411 de 2000
Ponente Eduardo Cifuentes Muñoz
✓Demandante Maria Smith Gomez Hernandez Y Otros
✓
Tema · dato duro
Derecho A La Igualdad. Regulacion Juridica De Los Subsidios De Tratamiento Para Los Enfermos De Lepra. Agua De Dios. Concedida.
01
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
Derecho A La Igualdad
- Diferenciación positiva
- Pago de subsidio a enfermos de lepra
Subsidio De Tratamiento A Enfermos De Lepra
- No es incompatible con otra asignación del tesoro público
3 temas · 5 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02
Qué decidió
Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. REVOCAR el fallo proferido por el Juzgado
- Primero. Civil del Circuito de Girardot, el dia 17 de agosto de 1999, por medio del cual se nego la tutela impetrada por los actores y, en consecuencia, se revoco la sentencia dictada por el Juzgado Promiscuo Municipal de Agua de Dios, el dia 2 de julio de 1999. Por lo tanto, se CONCEDE el amparo solicitado por los ciudadanos Maria Smith Gomez Hernandez, Orlando Duran, Camilo Lopez, Luz Elvira Almanza Duarte, Pablo Julio Perez Saavedra, Rosalba Garzon de Puentes, Ezequiel Antonio Castano Escobar y Maria Isabel Vargas de Galindo.
- Segundo. ORDENAR al demandado que proceda a reanudar el pago de los subsidios suspendidos a los actores mediante resolucion No. 118 de 1999.
- Tercero. Por Secretaria, librese la comunicacion prevista en el articulo 36 del decreto 2591 de 1991.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Consta en la sentenciaN1 · dato duro
04
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
constitucionalidad unificación tutela
Cita a0
No cita providencias registradas.
Citada por4
T-860/14Tutela de 2014C-313/14Proyecto De Ley Estatutaria Sobre Derecho Fundamental A La SaludT-291/09Tutela de 2009C-741/03Ley 142 De 1994. Arts. 15 Y 17 (Ps.). Servicios Publicos Domiciliarios. Prestacion Por Personas Juridicas Privadas. Determinacion De Zona O Area Donde Se Prestan. Sociedades Por Acciones Y Solidarias. Participacion De Organizaciones Autorizadas. Libertad
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.