Micelio
Sentencia de Tutela30 de junio de 1995

T-284 de 1995

Ponente Antonio Barrera Carbonell

Demandante Jaime Cordoba Triviño

Tema · dato duro
Der. A La Salud. Der. Al Ambiente Sano. Construcciones En San Andres. Concedida Parcialmente.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

5 temas · 3 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (5 puntos)
  1. PRIMERO. CONFIRMAR la sentencia del veinte (20) de octubre de mil novecientos noventa y cuatro (1994) proferida por la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia, la cual, a su vez, confirmo, con modificaciones, la sentencia proferida el dos (2) de septiembre de mil novecientos noventa y cuatro (1994) de la Sala Penal del Tribunal Superior de Cartagena.
  2. SEGUNDO. No obstante la decision confirmatoria que se adopta, la prohibicion de otorgar licencias no comprende la relativa a la construccion de obras que correspondan a la satisfaccion de necesidades publicas y al cumplimiento de objetivos sociales, como serian por ejemplo, la construccion, ampliacion o remodelacion de vivienda social, escuelas o centros educativos, hospitales, edificios para dependencias oficiales, centros para la atencion de la familia, la ninez y las personas de la tercera edad.
  3. TERCERO. ORDENAR que por la Secretaria General de esta Corporacion, se envien copias de esta sentencia a la Procuraduria Delegada para Asuntos Ambientales, al Ministerio del Medio Ambiente y a la Superintendencia de Servicios Publicos, a efecto de que velen por su exacto cumplimiento.
  4. CUARTO. ORDENAR que por la Secretaria General de esta Corporacion, se comunique esta providencia a la Sala Penal del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena de Indias, en la forma y para los efectos previstos en el articulo 36 del decreto 2591 de 1991.
  5. Notifiquese,
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

La red del documentolos hilos más influyentes · el tamaño de cada nodo es cuántas veces lo cita la Corte
constitucionalidad unificación tutela

Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.