T-259 de 2005
Ponente Jaime Araujo Rentería
✓Demandante Miguel Rubiano Aleman Porras Vs. Iss
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Resolución de fondo sobre reajuste de pensión
- Vulneración por no responder solicitud de reajuste pensional
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Derecho de peticion de pensionado que fomulo solicitud de reajuste de su mesada sin obtener solucion alguna.
Solicita se ordene el suministro de respuesta oportuna a su solicitud.
Derecho de peticion y las solicitudes de reajuste de pension de vejez.
Plazos máximos para la contestación de peticiones.
Cuando un ciudadano presente una peticion solicitando el reajuste de su pension la respectiva entidad tendra un termino de quince dias habiles para darle respuesta al solicitante.
Concedida
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (4 puntos)
- Primero. REVOCAR la sentencia del quince (15) de septiembre de 2004 proferida por la Sala Cuarta (4º) Laboral del Tribunal Superior del Distrito Judicial de Cartagena y, en su lugar, CONCEDER la tutela del derecho fundamental de petición, dentro de la acción instaurada por el señor Miguel Rubiano Alemán Porras contra el Instituto de los Seguros Sociales (ISS).
- Segundo. ORDENAR al Instituto de Seguros Sociales, si aún no lo ha hecho, que en el término de cuarenta y ocho (48) horas contadas a partir de la notificación de esta sentencia, proceda a resolver de fondo la petición formulada por el señor Miguel Rubiano Alemán Porras.
- Tercero. PREVENIR al Instituto de los Seguros Sociales (ISS) para que en el futuro se abstenga de incurrir en actuaciones que vulneran los derechos fundamentales de sus afiliados.
- Cuarto. LÍBRESE por secretaría la comunicación prevista en el artículo 36 del Decreto 2591 de 1991.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.